ESCUELA F 53 "PEDRO DE OÑA"
martes, 26 de febrero de 2019
martes, 28 de agosto de 2018
Suspensión de clases, AGOSTO 28
Estimada Comunidad Educativa:
Junto con saludar, informo a ustedes que el día de HOY no se realizarán clases en forma regular, debido a la jornada de movilización del COLEGIO DE PROFESORES/AS.
De antemano, muchas gracias por su comprensión (mañana clases normales).
Saluda atentamente,
Roger Arteaga Cea
DIRECTOR
Junto con saludar, informo a ustedes que el día de HOY no se realizarán clases en forma regular, debido a la jornada de movilización del COLEGIO DE PROFESORES/AS.
De antemano, muchas gracias por su comprensión (mañana clases normales).
Saluda atentamente,
Roger Arteaga Cea
DIRECTOR
viernes, 17 de agosto de 2018
lunes, 13 de agosto de 2018
viernes, 10 de agosto de 2018
miércoles, 8 de agosto de 2018
lunes, 18 de abril de 2016
NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA ESCUELA, 2016
REGLAMENTO INTERNO
DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
ESCUELA
“F 53 – PEDRO DE OÑA”
IDENTIFICACIÓN
DEL ESTABLECIMIENTO
|
|
Director
|
Sr. Roger Fredy Arteaga Cea
|
Dirección del Establecimiento
|
Urrutia 640
|
R.B.D.
|
5508-5
|
Comuna
|
Purén
|
Fono
|
045- 2 463264
|
E-mail
|
escuelaf53pdo@gmail.com
|
PURÉN,
Marzo 2016
La Comunidad
Educativa es una agrupación de personas que
inspiradas en un propósito común integran una institución educativa. Ese objetivo común es contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos
los alumnos(as)
que son miembros de ésta, proponiendo asegurar su pleno desarrollo
espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual,
artístico y físico. El propósito compartido
de
la comunidad se expresa en la adhesión
al Proyecto Educativo del Establecimiento y a
sus reglas de Convivencia establecidas en
el Reglamento Interno. Este Reglamento
debe permitir el ejercicio efectivo de los derechos
y deberes señalados en la LGE.
El Reglamento de Convivencia Escolar
es un componente del Reglamento Interno de todo Establecimiento Educacional que debe tener. Los Establecimientos Municipales están legalmente
obligados a contar con un Reglamento
Interno que contenga el de Convivencia, cuyo objetivo es lograr un
marco regulatorio a los problemas de Convivencia en la Comunidad Educativa.
Sirve para orientar el
comportamiento de los diversos
actores que conforman la Comunidad
a través de normas y acuerdos que definen los
comportamientos aceptados, esperados
o prohibidos, estableciendo criterios
y procedimientos formativos para
abordar los conflictos y las situaciones de violencia. Para esto, define sanciones
y medidas reparatorias proporcionales y ajustadas a derecho.
Los documentos legales que apoyan la conformación del Reglamento
de Convivencia Escolar son:
o
El DFL
Nº 2 del 20-08-98, de Subvenciones, que exige el Reglamento Interno
como requisito para que los Establecimientos
Educacionales puedan obtener la Subvención y sanciona como
infracción grave, el incumplimiento
de algunas disposiciones señaladas. El Reglamento de Convivencia forma
parte del Reglamento Interno.
o
LGE
Nº 20.370, regula los derechos y deberes de los Integrantes de la Comunidad
Educativa, fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de Educación
Parvularia y Básica, regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento, y establece los requisitos
y el proceso para el reconocimiento
oficial de los Establecimientos
e Instituciones Educacionales de todo
nivel, con el objetivo de tener un sistema
educativo caracterizado por la Equidad y Calidad de su servicio.
o
Ley
Nº20.536, sobre Violencia Escolar que promueve la
buena Convivencia Escolar y previene toda
forma de violencia física o psicológica,agresionesuhostigamientosyestablecequetodoslosEstablecimientosMunicipalizadosdebencontarconunReglamentoInternoqueregule las relaciones
entre el Establecimiento y los distintos actores de la Comunidad
Educativa, y garantice el justo
procedimiento en el caso en que se contemplen sanciones, las que
en ningún caso podrán contra venir la normativa vigente,
que cada Establecimiento Educacional
tiene el derecho a definir sus propias
normas de Convivencias, entre otras especificaciones.
La Convivencia
Escolar, forma parte de la formación general de las personas y el
Establecimiento como servicio educativo que tiene como principal misión
colaborar y reforzar los valores entregados por la familia de los alumnos y
alumnas.
El enfoque
formativo de la Convivencia Escolar, contiene una dimensión preventiva,
expresada en el desarrollo del conocimiento, habilidades y actitudes que
permiten formar sujetos autónomos, capaces de tomar decisiones personales y de
anticiparse a situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la
Convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias
pedagógicas. En este sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción
de riesgo, no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para
actuar anticipadamente.
Este Reglamento
cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores
educativos (Estudiantes, Docentes, Asistentes de la Educación, Padres y
Apoderados) emprenden y emprenderán a favor de la formación y ejercicio de los
valores de convivencia en la cultura escolar.
La Convivencia
Escolar es por lo tanto una construcción colectiva y dinámica, en donde todos
los niños y niñas son sujetos de derecho, en donde el desarrollo pleno de las
personas sólo es posible en la relación con otros de acuerdo a los roles y
funciones que desarrollan en la Comunidad Educativa, privilegiándose el respeto
y protección de la vida privada y pública.
ARTÍCULO Nº 1:
Para que todos
los niños y niñas que ingresan al establecimiento educacional ESCUELA F 53 “PEDRO
DE OÑA" de la Comuna de Purén, permanezcan en él, recibiendo un trato
digno, de respeto a su persona y logren un sentido de pertenencia e identidad
con el establecimiento se requiere del compromiso, colaboración,
responsabilidad y participación de todas las personas que integran la
comunidad educativa.
Nuestra Misión
y Compromiso como Institución es Educar en calidad y equidad a todos los hijos de las
familias de diferentes estratos sociales, económicos y culturales de la comuna
de Purén y sus alrededores. En un ambiente estructurado que permita que
nuestros alumnos asistan motivados a su escuela, donde se sientan libres para expresar y
mostrar sus habilidades y destrezas artísticas, deportivas y culturales. Todo esto mediante un Proceso de Educación participativa, innovadora e integradora dirigido a producir aprendizajes
significativos y fundamentales utilizando
los avances tecnológicos, desarrollados en un
clima de respeto mutuo, con igualdad
de oportunidades para todos, aceptando las diferencias individuales
y basando todo el que hacer educativo en los principios de Calidad, que les permitan proyectarse con éxito
en la Enseñanza Media.
ARTÍCULO
Nº 2:
En coherencia
con
el
Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos Aprendizaje Transversales que promueve
la Reforma Educacional, los principios
y valores que el Establecimiento
fortalece y fortalecerá para el desarrollo personal e integral de las alumnas y alumnos son:
1
|
Respeto: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz
de relacionarse con todos los miembros de la Comunidad Educativa en forma afectiva
y grata, basándose en el principio que establece que la fuente del
respeto a los demás, es el respeto consigo mismo.
|
2
|
Responsabilidad: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz
de comprometerse y cumplir eficientemente
con los objetivos que plantea la Comunidad Educativa a través de sus actitudes
y relaciones interpersonales reflejadas
consigo mismo y con sus semejantes.
|
3
|
Autoestima: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz
de construir una valoración
positiva y realista sobre sí mismo,
su grupo y Escuela, evidenciando conocimientos,
habilidades y actitudes consecuentes.
|
4
|
Compromiso: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de identificarse
con el que hacer y propósito
de la Escuela F 53 “Pedro de Oña”, esforzándose para alcanzar los ideales del Establecimiento y cumplir con sus
obligaciones en los horarios, plazos y fechas convenidas.
|
5
|
Honestidad: Cada alumno y alumna debe llegar
a ser capaz de actuar con trasparencia de acuerdo a los propios principios y
valores, que promueve la familia y la Comunidad Educativa.
|
6
|
Solidaridad: Cada alumno y alumna debe tener la
capacidad de entregar basado en metas e intereses comunes a otros individuos
pensando en estos como sus semejantes.
|
7
|
Empatía: Cada alumno y alumna debe contar
con una capacidad cognitiva de percibir en un contexto común lo que otro
individuo puede sentir.
|
8
|
Compañerismo: Cada alumno y alumna debe Ser buen
compañero(a) buscando comprender, apoyar y ayudar a los demás sin buscar algo
a cambio.
|
9
|
Participación: Cada alumno y alumna
debe llegar a ser capaz de
colaborar entusiastamente en las tareas que promueve la Comunidad Educativa sean de índole escolar, recreativa, social o cultural.
|
10
|
Interculturalidad:
Cada alumno y alumna debe ser
capaz de valorar el aporte de la cultura Mapuche a nuestra identidad comunal y nacional.
|
11
|
Sustentabilidad
Ambiental / Social:
Cada alumno y alumna debe ser capaz de desarrollar en el presente una cultura
sobre el uso de los recursos RR.NN. y la calidad de vida.
|
ARTÍCULO
Nº 3:
Junto a los alumnos (as),
los padres, auxiliares, personal administrativo, asistentes de la Educación,
profesores y directivos, pretenden con estas normas lograr una sana Convivencia
en el Establecimiento, que surgen de los acuerdos alcanzados por la misma
comunidad educativa. En este sentido la disciplina cumple un importante rol
para los alumnos (as) y las personas que educativa y pedagógicamente
(directivos, profesores y personal) tienen el deber de velar por la confianza que han depositado las familias
en el establecimiento.
ARTÍCULO
Nº 4:
Marco Regulatorio
Educación Parvularia (Art. 28, Ley General N° 20.370):
La Educación Parvularia
fomentará el desarrollo integral de los niños y niñas y promoverá los
aprendizajes, conocimientos, habilidades y actitudes que les permitan:
a) Valerse por sí
mismos en el ámbito escolar y familiar, asumiendo conductas de autocuidado y de
cuidados de los otros y del entorno.
b) Apreciar sus
capacidades y características personales.
c) Desarrollar su
capacidad motora y valorar el cuidado del propio cuerpo.
d) Relacionarse
con niños y adultos cercanos en forma armoniosa, estableciendo vínculos de
confianza, afecto, colaboración y pertenencia.
e) Desarrollar
actitudes de respeto y aceptación de la diversidad social, étnica, cultural,
religiosa y física.
f) Comunicar
vivencias, emociones, sentimientos, necesidades e ideas por medio del lenguaje
verbal y corporal.
g) Contar y usar
los números para resolver problemas cotidianos simples.
h) Reconocer que
el lenguaje escrito ofrece oportunidades para comunicarse, informarse y
recrearse.
i) Explorar y
conocer el medio natural y social, apreciando su riqueza y manteniendo una
actitud de respeto y cuidado del entorno.
j) Desarrollar su
curiosidad, creatividad e interés por conocer.
k) Desarrollar
actitudes y hábitos que les faciliten seguir aprendiendo en los siguientes
niveles educativos.
l) Expresarse
libre y creativamente a través de diferentes lenguajes artísticos.
ARTÍCULO
Nº 5:
Marco Regulatorio
Educación Básica (Art. 29, Ley General N° 20.370)
La Educación
Básica en
el ámbito personal y social:
a)
Desarrollarse en los ámbitos moral, espiritual,
intelectual, afectivo y físico de acuerdo a su edad.
b) Desarrollar una
autoestima positiva y confianza en sí mismos.
c)
Actuar de acuerdo con valores y normas de
convivencia cívica, pacífica, conocer sus derechos y responsabilidades y asumir
compromisos consigo mismo y con los otros.
d)
Reconocer y respetar la diversidad cultural,
religiosa y étnica y las diferencias entre las personas, así como la igualdad
de derechos entre hombres y mujeres, y desarrollar capacidades de empatía con
los otros.
e)
Trabajar individualmente y en equipo, con
esfuerzo, perseverancia, responsabilidad y tolerancia a la frustración.
f)
Practicar actividad física adecuada a sus
intereses y aptitudes.
g)
Adquirir hábitos de higiene y cuidado del propio
cuerpo y la salud.
ARTÍCULO Nº 6:
La
presente normativa regula el sistema de Convivencia y el Comportamiento
Disciplinario de las alumnas y alumnos de la Escuela “F-53 Pedro de Oña”.
Con este propósito esta
normativa tiene como fines educativos:
1
|
Respetar y
valorar las ideas y creencias distintas de las propias y reconocer el dialogo
como fuente permanente de humanización, de superación de diferencias y de
aproximación a la verdad.
|
2
|
Fortalecer una identidad
positiva en relación con el trabajo y rendimiento escolar.
|
3
|
Desarrollar la capacidad de
esfuerzo y la perseverancia como factores personales claves de metas
propuestas.
|
4
|
Promover una adecuada
autoestima, la confianza en sí mismo y un sentido positivo de la vida.
|
5
|
Desarrollar la capacidad de
resolver problemas, la creatividad y la capacidad de autoaprendizaje.
|
6
|
Reconocer conductas y
actitudes que favorezcan la Convivencia Escolar tales como: Respeto,
responsabilidad, tolerancia y solidaridad.
|
7
|
Valorar la atención, la
escucha activa y dialogo como medio y como clima fundamental en la resolución
de problemas.
|
8
|
Profundizar la reflexión
respeto de las inquietudes y sentimientos relacionados con los cambios
físicos favoreciendo la captación y valoración de sí mismo y de los demás.
|
9
|
Desarrollar competencias
para participar de manera activa y con iniciativa en la vida del curso y de
la escuela.
|
10
|
Promover la creación de un
programa de mediación Escolar.
|
ARTICULO Nº 7:
La admisión de los alumnos y alumnas
es competencia de la Dirección quien velará por el derecho de educación de
nuevo miembro al Establecimiento Educacional, siempre y cuando existan vacantes
para el nivel que se requiere. La decisión de asegurar este derecho estará determinada por un equipo, integrado
por un representante de Coordinación Académica e Inspector general quienes a la vista de los requisitos señalados,
verifique que éstos se cumplen. Es una misión también de la Dirección informar
tanto al alumno o alumna como al apoderado de las líneas generales del Proyecto
Educativo y del presente Manual de Convivencia Escolar. Para asegurar lo
anterior, los apoderados(as) nuevos y antiguos serán convocados al finalizar el
año y/ o al inicio del lectivo a una
reunión con el fin que conozcan nuestro PEI y Manuales respectivos.
ARTICULO Nº 8:
REQUISITOS
GENERALES.
1
|
Presentar dos
apoderados. Uno de los cuales debe ser familiar directo del alumno o alumna.
|
2
|
Los alumnos y
alumnas que postulen de otros colegios deberán presentarse a una entrevista
junto a sus padres y/o tutores con la Dirección (pudiendo ser el Inspector
General, la Coordinadora Académica o Director).
|
ARTICULO Nº 9:
DOCUMENTACIÓN.
1
|
Certificado
de Nacimiento.
|
2
|
Informe de
Calificaciones, correspondientes al periodo en que está postulando.
|
3
|
Informe de
desarrollo personal.
|
4
|
Fichas
elaboradas por el establecimiento, en la que el apoderado solicita participar
en el proceso de matrícula.
|
ARTICULO Nº 10:
MATRÍCULA.
Para
matricular a un alumno (a) se procederá de acuerdo al siguiente protocolo y
cumplimiento de los siguientes requisitos:
1
|
La matrícula
deberá efectuarse en los plazos dados por la Dirección del Establecimiento,
esta matricula será gratuita y tendrá derecho todo niño en edad escolar.
|
2
|
Los
apoderados de los alumnos nuevos deberán presentar obligatoriamente y en
original, los siguientes documentos al momento de la matrícula o a posteriori:
·
Certificado de nacimiento.
·
Certificado de estudios de todos los años
anteriores correspondientes al nivel.
·
Informe de personalidad.
·
Certificado médico en caso de eximición de
Educación Física.
·
En caso de ser alumno prioritario deberá
presentar la carta del MINEDUC que acredite tal condición.
·
Ficha de protección social.
·
Los alumnos y alumnas deberán ser matriculados
por sus padres y/o apoderados, exclusivamente.
|
ARTICULO Nº 11:
Cuando
el apoderado no sea uno de los padres, deberá ser mayor de edad y contar con la
autorización escrita del padre o de la madre según sea el caso. No podrán
desempeñarse como apoderados los funcionarios del Establecimiento, excepto de
tratarse de familiares directos.
Debido a fines
prácticos, se requerirá de un apoderado suplente.
ARTÍCULO Nº 12:
La Escuela F 53 “Pedro de Oña” reconoce y garantiza
y ofrecerá a los alumnos y alumnas, las instancias que le permitan ejercer todos
los derechos como personas:
1
|
Conocer el Proyecto
Educativo de la Escuela y las normativas que rigen la convivencia escolar,
emanadas de este Reglamento, el cual se dará a conocer los primeros días de clases
del año lectivo.
|
2
|
Conocer los Objetivos
Fundamentales verticales y transversales, correspondientes a su nivel.
|
3
|
Recibir orientación
personal que le permita el conocimiento de sí mismo(a) y de su entorno, de
parte de los profesionales de la Escuela.
Calendarizar en todos los
niveles.
|
4
|
Realizarse como persona de
acuerdo con sus aptitudes y capacidades, a través de actividades curriculares
y de libre elección, tanto dentro del horario de clases como fuera.
Hecho JEC. para todos los
talleres masivos (coro, folklor, etc.)
|
5
|
Incorporarse a actividades (intelectuales, sociales, artísticas,
deportivas, culturales que la escuela ofrezca) de acuerdo a sus intereses. (Dentro del horario JEC.)
|
6
|
Brindar un trato digno,
respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad
educativa.
|
7
|
Estudiar y esforzarse por
alcanzar el máximo de desarrollo de sus
capacidades, conocimientos.
|
8
|
Colaborar y cooperar en
mejorar la convivencia escolar.
|
9
|
Los estudiantes tendrán derecho a una educación de calidad,
respetando sus Diferencias individuales.
|
10
|
A estudiar en un ambiente
armónico, de sana convivencia, tolerancia y respeto mutuo.
|
11
|
A recibir un trato
preferencial en el caso de tener necesidades educativas especiales, y a
acceder a orientación que facilite sus opciones en materias educacionales.
|
12
|
Recibir una educación
pertinente, relevante y significativa a los estudiantes con mayor riesgo de
fracaso y deserción escolar que presentan NEE de carácter permanentes y
transitorias.
Ampliar atención de los
alumnos que no son atendidos por cupos del programa.
Ampliar al 100% la atención
a los alumnos destacados.
|
13
|
Usar todas las dependencias
del Establecimiento, adecuadas para su trabajo diario (aulas salas de clases,
biblioteca, laboratorio, sala de computación, comedor, etc.), haciendo uso
responsable, cuidadoso y respetuoso de la infraestructura del de la Escuela y
mobiliario, como de otros elementos tanto en el taller de computación,
laboratorio de inglés y/o cualquier otro espacio que incluya algún material
audiovisual, tanto dentro del aula como fuera de ella.
|
14
|
Recibir una formación que
asegure el pleno desarrollo de su personalidad en conformidad con los
principios y valores fijados en el PEI.
|
15
|
Ser protagonista de sus
aprendizajes y procesos en la construcción del conocimiento.
|
16
|
Que su rendimiento escolar
sea valorado con objetividad.
|
17
|
Recibir oportunamente
estímulos por sus actitudes y aptitudes.
|
18
|
Ser atendido en los
reclamos y solicitudes particulares que se hagan a través del conducto
regular.
|
19
|
Representar dignamente a la
institución en actividades deportivas, culturales, académicas culturales con
previa autorización de la escuela, padres y apoderados.
|
20
|
Recibir asistencialidad de
JUNAEB de acuerdo a su nivel socioeconómico.
|
21
|
Utilizar el beneficio del
Seguro Escolar en caso de accidente (dentro del establecimiento, durante el trayecto hacia y desde la
escuela).
|
22
|
Ser valorado/a con
objetividad en sus proyectos y actividades pedagógicas.
|
23
|
Presentar las evaluaciones
y trabajos realizados durante su ausencia dentro tres días hábiles siguientes.
|
24
|
Expresar sus puntos de
vista respetando el pensamiento divergente y la dignidad del otro.
|
25
|
Conocer las observaciones
conductuales registradas en su hoja de vida.
|
26
|
A que su rendimiento
escolar sea evaluado con plena objetividad.
|
27
|
A recibir de sus docentes
un trato justo, ecuánime y respetuoso y a contar con la presencia de los
mismos durante el tiempo completo de la clase.
|
28
|
A que se le explicite en
todos los casos el motivo de las eventuales sanciones que se le apliquen.
|
29
|
Recibir un trato respetuoso
y deferente de todos los integrantes de la comunidad educativa.
|
30
|
En caso de embarazo, las alumnas
podrán continuar sus estudios en el establecimiento teniendo las facilidades
que la situación amerite (Ley N° 19.688 del 5 de agosto del 2000, del
Ministerio de Educación).
|
ARTICULO Nº 13:
Todos los alumnos
y alumnas tienen derecho a rendir las evaluaciones realizadas en su ausencia,
siempre que ésta haya sido justificada en situaciones particulares e
imprevistas (fallecimiento de familiares directos u otras de fuerza mayor) y en
caso de enfermedad debe presentar certificado médico.
Las evoluciones deben
ser tomadas durante los primeros 15 días, consensuando con el alumno(a)
fecha-hora-lugar. (Fuera de su horario de clases, idealmente quien aplique esta
evaluación sea el profesor de la asignatura.
ARTICULO
Nº 14:
Los
alumnos desde 4º a 8º año básico rendirán sus evaluaciones pendientes en
horario extra. La fecha y hora será avisada mediante comunicación escrita en su
agenda escolar. De no ser rendida la evaluación en la fecha comunicada y sin
mediar justificación alguna, el profesor (a)
deberá aplicar nota mínima de acuerdo al reglamento de evaluación.
ARTICULO
Nº 15:
Las
salidas a terreno son actividades de carácter pedagógico y suponen uso de un
día lectivo, previa presentación del proyecto en duplicado a la Coordinación
Académica con 30 días hábiles. La Coordinación Académica enviará al
Departamento de Educación dicho proyecto con el fin que solicite autorización
al Departamento Provincial, con previa autorización del apoderado, la cual
quedará en Inspectoría. (Desde Pre-Kínder a 8°)
La
dirección de la Escuela no permite los paseos de finalización de año
escolar.
|
ARTÍCULO Nº 16:
El uso del uniforme escolar y del
equipo de gimnasia, para el establecimiento es obligatorio, fue aprobado
con acuerdo
de los distintos estamentos de
la comunidad educativa y del Consejo Escolar:
a) El
Consejo de Profesores.
b) El Centro de Padres y Apoderados.
ARTÍCULONº 17:
De
este modo el Director del establecimiento establece como obligatorio el
Uniforme, de acuerdo a las siguientes características:
Para la Damas:
o
Falda de
color plomo escocesa, con un largo adecuado (Hasta
la rodilla).
o
Polera blanca con distintivo de la escuela, cuello pique
color azul marino con guardas mostazas.
o
Calcetas color plomo, en meses de frío ballerina ploma y/o pantalón azul marino corte recto.
o
Sweater azul marino
con cuello en V, y guardas
mostaza, cerrado.
o
Zapatos
negros colegial, sin plataforma ni
tacones.
Para
los Varones:
o
Polera blanca con cuello pique,
con distintivo
de la escuela.
o
Pantalón
plomo, corte recto.
o
Sweater
azul marino con cuello en V, y guardas mostaza.
o
Párvulos
complementan con cotona, zapatos negros.(Opción con buzo todo el año)
El uniforme para educación física es: Buzo
modelo oficial de la escuela, polera blanca cuello redondo.
|
Otras consideraciones
1
|
Tanto
damas como varones, podrán hacer uso de casaca softshel y jockey, entregados
por la escuela
|
2
|
En
época de Invierno y/o cuando el tempo lo requiera se podrá hacer uso de
parkas color azul marino, de lo contrario deberá informar previamente a
Inspectoría.
|
3
|
Los
estudiantes deberán hacer uso en el establecimiento de un delantal cuadrille
azul (damas) y de una cotona (varones). (Exclusivo para asignaturas en las
cuales trabajan con materiales que afecten a la limpieza del uniforme).
|
4
|
Los
estudiantes desde NT1 a 3° básico, estarán autorizados a asistir diariamente
con el buzo de la escuela y zapatillas.
|
5
|
Uso de zapatillas: Se
pide que los estudiantes usen zapatillas deportivas ad hoc (no zapatillas
planas, ya que estas últimas no están diseñadas para cumplir con los
requerimientos deportivos de la Escuela).
|
En caso que un alumno o alumna tenga problema, en cuanto al uniforme
escolar, su apoderado debe dirigirse a la
Inspectoría de la Escuela para analizar su
situación.
TITULO VI DE LOS
DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS Y
ALUMNAS DEBERES Y DERECHOS DE LOS INTEGRANTES DE LA UNIDAD EDUCATIVA
Junto con reconocer los derechos
fundamentales de los alumnos y alumnas, existen deberes que éstos deben cumplir en su vida estudiantil.
Los deberes indican una forma de comportamiento positivo de los alumnos
y alumnas, por lo que su incumplimiento, determinará la aplicación
de sanciones
de tipo:
o
Falta Leve,
o
Falta Grave
ARTICULO Nº 18:
Son deberes de los alumnos y alumnas de la Escuela:
PRESENTACIÓN PERSONAL.
1
|
Deben cuidar en todo momento el orden y limpieza
de su vestuario escolar. El uniforme es de uso diario.
Es
obligatorio el uso del delantal desde Pre-Kínder a 4° básico.
|
2
|
Las alumnas deben asistir sin maquillaje en el
rostro a clases, las uñas deben ser cortas y limpias, y sin pintura, deberán mantener su cabello tomado
dentro y fuera de la sala, peinado y sin utilizar estilos
de tinturas.
|
3
|
Los alumnos deberán mantener una presentación acorde a sus
actividades escolares, por eso los varones deben vestir su uniforme completo,
con corte de pelo más arriba del cuello de la polera, dejando descubiertas las orejas,
evitando cortes y peinados extravagantes (corte colegial clásico y
no de fantasía) manteniéndose bien peinado y su rostro rasurado y sin
utilizar estilos de tinturas, según sea el caso.
|
4
|
Los estudiantes no deberán
portar joyas ni adornos, el Establecimiento no se
responsabiliza por pérdidas o sustracción de éstos(as). Tampoco se aceptará el uso de anillos,
aros o piercing en el rostro o cuerpo, ni colgantes, pulseras u otro
accesorio decorativo que no corresponda al ámbito educativo. Se exceptúan de
esta norma las cadenas sencillas.
|
En todo momento, tanto dentro y fuera de la escuela los
estudiantes deben hace buen uso del uniforme escolar, ya que representan a su
escuela.
ASISTENCIA
1
|
Los alumnos y alumnas deben asistir regularmente a clases, evitando los atrasos. Asistir diariamente
a sus labores escolares cumpliendo
puntualidad en los horarios,
la jornada escolar se inicia a
las 08:30 hrs. (en la sala de
clases) y termina a las 16:00 horas de lunes a jueves
y día viernes de 08:30hrs. (En la sala de clases) a 13:30 para los alumnos(as) de 1°a 8°año.
El horario de NT1 y NT2 es de 8:30 a 13:30 hrs
y de 14: a 18:00 hrs.
El horario de 1° y 2°año es de 8:30 a 12:30hrs y de 13:30 a 16:00 hrs.
El horario de 2° Nivel de
Transición es de 08:30 a 12:30 hrs.
|
2
|
La
inasistencia a clases debe ser justificada por el apoderado, inmediatamente junto al escolar
cuando ser e integre, en forma escrita o personalmente.
|
3
|
Las inasistencias prolongadas, de más de una semana deberán ser justificadas por el apoderado
y acompañadas por un certificado
médico.
|
4
|
Los alumnos(a) que no realicen
clases de Educación Física deberán
presentar al profesor(a) el justificativo
firmado por su apoderado explicando las causales del impedimento para realizar dicha clase, la segunda inasistencia deberá ser justificada
en forma personal por el apoderado.
|
5
|
La puntualidad y asistencia
a clases en días extraordinarios, por recuperación, actos
y/o efemérides, son de carácter
obligatorio.
|
PUNTUALIDAD
Los alumnos deberán cumplir estrictamente el horario establecido en el Plan
Anual Operativo de la escuela. Esta exigencia implica puntualidad en las horas
de llegada al establecimiento y a las salas de clases.
1
|
Los alumnos(as) desde NT 1º a 8º que
lleguen atrasados después del cierre de la puerta, solo podrán ingresar al
establecimiento con su respectivo “pase”, entregado en la recepción.
|
2
|
Los alumnos(as) que cumplan 3 o más atrasos en la semana
deberán presentarse con su apoderado el día siguiente y hora que
Inspectoría determine, a fin de comprometerse a no repetir dicha falta.
|
3
|
Los alumnos(as) deberán respetar
el toque de timbre o campana para concurrir a la formación y/o sala
de clases y horario de almuerzo.
|
DISCIPLINA
1
|
Los estudiantes deben respetarse
y respetar a toda la Comunidad
Educativa y colaborar con ellos en la creación de un clima de sana
convivencia y solidaridad que favorezca el trabajo escolar.
|
2
|
Los alumnos(as) deben manifestar
siempre buenos modales y cortesía tales como: saludar, solicitar “por
favor”, pedir permiso, contestar
correctamente, etc.
|
3
|
Los alumnos(as) dentro de la sala de clases deben tener un comportamiento correcto, evitando el desorden por intermedio de gritos,
sobre nombres, bromas, chistes, palabras gestos obscenos y otros.
|
4
|
Los juegos y actividades recreativas no deben
ser bruscos, evitando así daños a su
integridad física, la de sus compañeros, funcionarios del
establecimiento y/o daños a bienes muebles.
|
5
|
Deberán hacer uso correcto de todas las dependencias del Establecimiento.
|
6
|
La acción comprobada de sus traer o deteriorar un material será sancionado con la medida
disciplinaria correspondiente.
|
7
|
Queda prohibido a los alumnos(as) manipular las instalaciones eléctricas, cañerías,
extintores u otro bien mueble que implique peligro para la integridad del
estudiante, sus pares o personal de la Escuela.
|
8
|
Todo alumno(a) que adultere algún instrumento público (notas en libros de clases, Informes
Educacionales, comunicaciones falsificación
de firma, u otros), serán sancionados de
acuerdo a las medidas disciplinarias que contempla el presente Reglamento.
|
ARTÍCULO N° 19:
COMPORTAMIENTO
Y NORMAS DE CONVIVENCIA.
1
|
En la escuela y en sus alrededores, usando el
uniforme, están prohibidas las manifestaciones amorosas propias del pololeo.
La autorización de los padres no exime de esta prohibición.
|
2
|
Será considerada falta grave ausentarse
injustificadamente de la sala de clases o salir del establecimiento antes del
término de la jornada.
|
3
|
Los alumnos no podrán abandonar la sala de
clases al término de una prueba.
|
4
|
Durante la jornada de trabajo, ningún alumno(a)
puede hacer abandono del Establecimiento, salvo que el apoderado concurra personalmente a retirarlo o se cuente con la autorización
respectiva de la Dirección, en cualquier caso quedará constancia
de situación en el libro
de salida respectivo.
|
5
|
Durante los recreos, los alumnos
deben hacer abandono de sus salas. Tanto los patios como pasillos no pueden ser utilizados
para juegos violentos que puedan causar
daño a sus compañeros(as), docentes, directivos y/o asistentes de la
educación.
|
6
|
Queda estrictamente prohibido
que los alumnos(as) porten objetos de valor
como joyas, dinero, juguetes, celulares, mp3, mp4, notebook, netbook,
Tablet, Bazucas u otros. El Establecimiento no se responsabiliza por la
pérdida de éstos.
|
7
|
Queda estrictamente prohibido que
los alumnos(as) porten elementos corto
punzantes: como cuchillos, corta cartones, corta plumas
u otros que puedan dañar su integridad
física o la de sus pares.
|
8
|
Mantener el saludo
y despedida como
señal de educación y cortesía.
|
9
|
Fomentar y mantener
las buenas relaciones con sus compañeros profesores y asistentes de la educación, un vocabulario que
demuestre respeto hacia las personas y en general con la Comunidad
educativa. Estas actitudes deben cultivarse y demostrar no solo dentro del Establecimiento, sino
también fuera de ella.
|
10
|
Todo alumno debe cooperar en el mantenimiento del
aseo, resguardando y conservando en buen estado los bienes materiales del
establecimiento; es así, que se estima que la designación de “semanero(a)”
viene a contribuir con lo anterior, tal y como lo estipula uno de nuestros principios del PEI:
sustentabilidad ambiental.
|
11
|
Mantener buenos hábitos y modales en el desayuno, almuerzo, actos, formaciones, instancias que impliquen
compartir en comunidad.
|
ARTÍCULO Nº 20:
NORMAS
TÉCNICO PEDAGÓGICAS.
1
|
Todo
alumno (a) debe cumplir con sus deberes escolares (tareas, trabajos,
estudios, normativa de Educación Física, etc.).
|
2
|
Es
obligación del alumno (a) mantener sus cuadernos, cuadernillos con las
materias al día y ordenadas, mantener el cuidado y orden de sus útiles
escolares, además de traer materiales de trabajo solicitados en cada
asignatura.
|
3
|
Los
alumnos (as) deben cumplir con la fecha fijada para las evaluaciones y la
entrega de sus trabajos.
|
4
|
Los
alumnos deben presentarse debidamente preparados para rendir sus pruebas o
interrogaciones u otro tipo de evaluación.
|
5
|
Los
alumnos (as) que no asisten a las pruebas programadas deberán rendirlas en la
fecha que le fije el profesor (a) de la asignatura de Aprendizaje.
|
6
|
El
alumno (a) deberá presentarse a clases con sus materiales y textos de
estudios correspondiente al horario.
|
7
|
Llevar
consigo siempre su libreta de comunicaciones y/o agenda.
|
8
|
La
escuela no informará notas, fechas de
pruebas u otros telefónicamente ni a
través de correos u otro medio.
|
9
|
El
apoderado tiene la obligación de informarse personalmente sobre el
Proceso Aprendizaje de su hijo (a) a
través de las reuniones, libreta de comunicaciones o entrevista al profesor
(a) pertinente (hora de atención de apoderados) o cuando el profesor lo
estime conveniente.
|
10
|
Es
obligación de los alumnos (as) ponerse al día en sus materias y trabajos en
caso de ausencias, inmediatamente.
|
11
|
Todos
los alumnos (as) que requieran evaluación diferencial, deberán tener un
informe del especialista que acredite dicha situación.
|
12
|
Los
alumnos (as) que se ausenten de clases por problemas médicos, deberán
presentar el certificado correspondiente inmediatamente al reintegrarse a
clase.
|
13
|
La
eximición de Inglés, Religión y/o educación física, no implica que el alumno
(a) deba abandonar la sala de clases solo lo exime de la evaluación.
|
14
|
Los
alumnos (as) que no realicen la asignatura de Educación Física deberán
presentar al profesor (a), el justificativo firmado por su apoderado
explicando las causales del impedimento para realizar dicha asignatura en ese día en particular.
|
ARTÍCULO
Nº 21:
Deberes de los padres, madres y/o
apoderados:
1
|
Educar a sus hijos e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de
funcionamiento del Establecimiento.
|
2
|
Apoyar diariamente el Proceso Educativo de su hijo (a).
|
3
|
Cumplir con los compromisos asumidos con el Establecimiento Educacional.
|
4
|
Respetar y cumplir con la Normativa Interna del Proyecto Educativo
Institucional.
|
5
|
Mantener siempre un trato respetuoso con todos los integrantes de la
Comunidad Educativa y deferente.
|
6
|
Mantener un clima de respeto y armonía con toda la Comunidad Educativa,
dentro y fuera del Establecimiento.
|
7
|
Asistir a todas las reuniones y entrevistas que sean citados por el
Establecimiento.
|
8
|
En caso necesario entregar el apoyo específico que el alumno (a) requiera
o tratamiento con algún Especialista.
|
9
|
Revisar diariamente la agenda/libreta de comunicaciones y firmarla cuando
corresponda.
|
10
|
Revisar tareas y velar por el cumplimiento de ellas.
|
11
|
Solicitar horario de entrevista con el profesor(a) jefe y/o profesor de
asignatura; en el caso del profesor(a) jefe, debe realizarse a lo menos una
vez al semestre con el fin de ir monitoreando en proceso de enseñanza y
aprendizaje del alumno (a).
|
12
|
Participar en todas las actividades programadas por el Establecimiento, tanto
curriculares como extracurriculares.
|
13
|
Acatar sugerencias e indicaciones que se la haga desde el Establecimiento.
|
14
|
Mantener una Actitud de diálogo para lograr una mejor y más efectiva
participación y colaboración en el proceso educativo del alumno (a).
|
15
|
Conocer y comprometerse a respetar reglamentos y disposiciones
(contenidos en Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia,
Reglamento de Evaluación, entre otros) adoptados por la Escuela. (Un
reglamento por curso y departamento).
|
16
|
Exigir a su pupilo cumplimiento de las normas del colegio.
|
17
|
Matricular personalmente a su pupilo completando ficha y comunicar de
inmediato nombre del apoderado titular y del suplente.
|
18
|
Comunicar oportunamente y por escrito cualquier cambio de domicilio y/o
teléfono durante el año.
|
19
|
Justificar personalmente
inasistencias de su pupilo,
teniendo como plazo máximo hasta la hora de inicio de la jornada siguiente a
la inasistencia.
|
20
|
Responsabilizarse de las inasistencias de su pupilo, poniendo al día de
los contenidos tratados por el profesor(a) durante la ausencia a clases.
|
21
|
Justificar personalmente en Inspectoría toda inasistencia a reuniones de Padres y
Apoderados y/o a cualquier citación que se le formule, teniendo como plazo máximo
la hora de inicio de la jornada siguiente a la inasistencia.
|
22
|
Respetar el conducto regular ante problemas disciplinarios y /o de
rendimiento cuando corresponda:
a)
Profesor de asignatura.
b) Profesor tutor.
c) Profesor jefe.
d) Orientación.
e) Coordinación Parvulario.
f) Coordinación 1° ciclo.
g) Coordinación 2° ciclo.
h) Coordinación Académica.
i) Inspectoría General.
j) Dirección.
|
23
|
Asistir con puntualidad y regularidad a las reuniones que fuere citado
por:
a) Dirección.
b) Inspectoría General.
c) Coordinación Académica.
d) Orientación.
e) Profesor(a) Jefe.
f) Profesor de Asignatura.
|
24
|
Tomar conocimiento y respetar estrictamente los horarios de atención de
apoderados (as) dados a conocer
oportunamente por las diferentes instancias directivas y docentes.
|
25
|
Conocer y respetar los criterios administrativos y metodológicos
aplicados en los reglamentos evaluativos dispuestos por la Escuela en los
procesos de Enseñanza – Aprendizaje.
|
26
|
Respetar su propia decisión en la opción de la asignatura de Religión,
evitando los retiros durante el proceso del año lectivo.
|
27
|
Preocuparse que el alumno (a) desarrolle diariamente sus deberes
escolares: tareas, repaso y profundización de las materias.
|
28
|
Cerciorarse de que el alumno (a) se presente con sus materiales y útiles
necesarios para el desarrollo de cada asignatura.
|
29
|
Fortalecer la responsabilidad del alumno (a), no trayéndole a la Escuela
materiales, útiles, trabajos u otros que hayan sido olvidados en la casa o en
otro lugar, principalmente, dinero.
|
30
|
Informarse periódicamente del Rendimiento Académico de su pupilo (a).
|
31
|
Aceptar el Reglamento de Evaluación con respecto al Rendimiento Escolar de
su hijo (a).
|
32
|
Retirar del Establecimiento personalmente a su pupilo (a) cuando sea
estrictamente necesario y firmar el Registro de Salidas del alumno (a).
|
33
|
Cualquier retiro fuera de horario debe ser realizado personalmente por el
apoderado y teniendo siempre presente que las inasistencias reiteradas
perjudican los procesos de aprendizaje y cuando los porcentajes de asistencia
son inferiores al 85% el alumno repetirá curso.
|
34
|
Respetar los horarios de salida de los alumnos (as), retirándolos
puntualmente.
|
35
|
No permitir que el alumno (a) traiga a la escuela objetos de valor
(celulares, reproductores de sonido, radios, cámaras de video, cámaras
fotográficas, juegos electrónicos, etc.); dinero que exceda lo requerido para
uso personal. El establecimiento no se hace responsable ante una eventual
pérdida.
|
36
|
Firmar oportunamente todas las
comunicaciones y/o autorizaciones que se le envíen.
|
37
|
Preocuparse y velar por la correcta presentación de su pupilo (a).
|
38
|
No interrumpir el normal desarrollo de las clases. Los apoderados sólo
accederán al área Administrativa de la escuela.
|
39
|
No ingresar a las salas de clases durante la Jornada Escolar.
|
40
|
Evitar conversar con el Profesor en horarios no establecidos, (Salida y
Entrada de clases) formalizando la petición de entrevista con anticipación.
|
41
|
Los Certificados Médicos deberán ser entregados en Recepción.
|
42
|
Solicitar atención administrativa sólo en los siguientes horarios: 8.30 a
16.00 hrs. respetando la hora de colación.
|
43
|
Devolver o cancelar en su valor actual las especies o bienes dañados o
desaparecidos, como consecuencia de la actuación incorrecta de sus pupilos
(a), como asimismo los gastos por daños a las personas y a sus bienes.
|
ARTÍCULO
Nº 22:
Derechos
de los Profesionales de la Educación:
1
|
Trabajar en un ambiente armónico y tolerante.
|
2
|
No sufrir tratos vejatorios.
|
3
|
Proponer iniciativas para el progreso del Establecimiento
|
4
|
Recibir colaboración por parte de toda la Comunidad Educativa en su tarea.
|
ARTÍCULO
Nº 23:
Deberes
de los Profesionales de la Educación.
1
|
Ejercer la función docente en forma idónea y responsable.
|
2
|
Orientar vocacionalmente a sus alumnos (a) cuando corresponda.
|
3
|
Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.
|
4
|
Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares
correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases
curriculares y los planes y programas de estudio.
|
5
|
Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como
los derechos de los alumnos y alumnas, y tener un trato respetuoso y sin
discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la
comunidad educativa.
|
6
|
Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los
estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.
|
7
|
Cumplir con horarios de entrada a clases.
|
ARTÍCULO
Nº 24:
Derechos
de los Asistentes de la Educación.
1
|
Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete
su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes;
a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la
Comunidad educativa.
|
2
|
Participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las
iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los
términos previstos por la normativa interna.
|
3
|
Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete
su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o
degradantes.
|
4
|
Recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la
Comunidad Educativa.
|
5
|
Poder ser partícipe de todos los concejos de profesores.
|
6
|
Llevar una hoja de registro con el horario de llegada a la sala de clases
por parte de los profesores, la cual deberá ser firmada.
|
ARTÍCULO
Nº 25:
Son deberes de los asistentes de la educación.
1
|
Ejercer su función en forma idónea y responsable.
|
2
|
Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan.
|
3
|
Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la Comunidad
Educativa.
|
ARTÍCULO
Nº 26:
Los Equipos Docentes Directivos de los
Establecimientos Educacionales tienen derecho a:
1
|
Conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que
dirigen.
|
2
|
Liderar los establecimientos a su cargo, sobre la base de sus
responsabilidades y propender a elevar la calidad de éstos.
|
3
|
Desarrollarse profesionalmente.
|
4
|
Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el
cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas las normas
del establecimiento que conducen. Para el mejor cumplimiento de estos
objetivos los miembros de estos equipos de los establecimientos que reciben aportes del Estado deberán
realizar supervisión pedagógica en el
aula. Los derechos y deberes
anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las
funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda.
|
5
|
Cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen.
|
ARTÍCULO N° 27:
Se prohíbe a
los alumnos y alumnas de la escuela:
1
|
Portar armas de fuego o corto punzantes (armas blancas) y también el uso
de herramientas que tengan estas características.
|
2
|
No está permitido usar teléfonos celulares, notebook, cámaras
fotográficas, etc. En horas de clases,
talleres y/o actos oficiales de la escuela. La escuela no se hace
responsable por la pérdida y/o deterioro de dichos aparatos.
|
3
|
No están permitidos los audífonos y parlantes de música en la sala de clases, salvo que
tengan un fin pedagógico.
|
4
|
No se
permite fumar y/o beber alcohol dentro del establecimiento o en las proximidades
de este. Asimismo se prohíbe a los alumnos y alumnas presentarse
a la Escuela bajo la influencia del alcohol u otro tipo de drogas.
|
5
|
Se prohíbe todo tipo de conductas tipificadas como delitos de acuerdo a la normativa
legal vigente (Conductas de violencia
física y verbal, bullying,
grooming, tráfico y micro tráfico de drogas, acoso sexual, robos,
hurtos, etc.).
|
6
|
Se prohíbe filmar, tomar fotografías, grabar audio al interior del establecimiento sin
la previa autorización de la o las personas involucradas en el hecho. Esta situación también contra
viene la normativa legal vigente. (Se requisara el
instrumento tecnológico y deberá ser retirado por el apoderado.)
|
7
|
Fuera del horario de clases lectivas, se prohíbe utilizar instalaciones y equipamiento
de la escuela sin autorización de Inspectoría General. Se extiende esta prohibición para utilizar estas
instalaciones y/o equipamiento para
otros fines que no sean estrictamente académicos u otra actividad relacionada con el Perfil
Académico de la escuela.
|
8
|
Se
prohíbe cualquier tipo de manifestación afectivo/sexual dentro de la sala de
clases, pasillos y en el establecimiento en general.
|
9
|
No se permitirá el ingreso de alumnos que no posean matrícula
vigente en la escuela, sin previa autorización
de Inspectoría General.
|
ARTÍCULO N° 28:
Se consideran
faltas todas aquellas
acciones que dificulten el logro de
los objetivos
propios de la Unidad Educativa y
las que
sean contrarias a los principios de convivencia del establecimiento,
a las normas éticas o legales y a las
disposiciones emanadas del Ministerio
de Educación.
ARTICULO
N° 29:
Se consideran FALTAS LEVES: Son Faltas leves aquellas
conductas, actitudes y comportamientos que transgreden las normas que regulan
la convivencia y que, sin llegar a alterar ésta de manera significativa ni a
causar mayor daño o perjuicio a sí mismo, a terceros de la Escuela, se apartan
del perfil definido para los alumnos(as).
NOTA: El registro de tres faltas leves
se considerará como una falta grave.
a) Llegar
impuntualmente a la jornada escolar y a otras actividades pedagógicas.
b) Usar en el aula
objetos o aparatos tecnológicos no autorizados u otros elementos ajenos a la
asignatura en desarrollo.
c) Mostrar una
inadecuada presentación e higiene personal.
d) No usar o usar
inadecuadamente el uniforme o buzo escolar según corresponda.
e) No justificar
debidamente la inasistencia a clases o el ingreso atrasado al Colegio.
f) No presentar
debidamente firmadas por los padres o apoderado las comunicaciones, citaciones
y evaluaciones respecto de las cuales expresamente se ha requerido dicha firma.
g) Interferir con
el normal desarrollo de la clase. Entre otras conversar durante el desarrollo
de la clase, molestar, levantarse sin permiso, distraer a otro compañero, hacer
desorden con conductas indebidas o inapropiadas, comer o beber en clases,
mascar chicle, Tirar papeles o basura.
h) No trabajar en
clases o no realizar los deberes y tareas asignadas.
i) Incumplimiento
en la fecha de entrega de trabajos.
j) Incumplimiento
de tareas y/o trabajos de investigación, sin textos de estudio en forma
reiterada, no traer materiales solicitados con anterioridad.
k) No dar
cumplimiento a los requerimientos o compromisos asumidos frente al curso o al
establecimiento.
m) Salir de la
sala durante el desarrollo de las clases sin autorización.
n) La destrucción
no intencionada de vidrios, mesas, escritorios u otros bienes de menor valor
del establecimiento.
o) Entrar a los
servicios higiénicos que no le corresponden.
p) Mentir frente a
situaciones en las que se vea involucrado el propio alumno o un tercero.
q) Utilizar sin
autorización equipamiento o instalaciones del colegio
ARTICULO
Nº 30:
Se consideran FALTAS GRAVES:
Son Faltas Graves aquellas conductas, actitudes y comportamientos que
transgreden las normas que regulan la convivencia perjudicando o alterando ésta
de manera significativa o con repercusiones negativas para sí mismo, para
terceros o para el establecimiento. Estas faltas serán sancionadas con alguna o
algunas de las medidas disciplinarias establecidas.
NOTA: El registro de dos
faltas graves constituirán una falta gravísima.
a)
Inasistencia sin justificación a actividades
académicas obligatorias de manera reiterada o ausentarse a horas de clases sin
autorización estando dentro del establecimiento.
b) Ofender o
faltar al respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa ya sea de
manera verbal, (decir improperios, groserías, etc.), gestual (gestos groseros o
amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, comentarios
etc.)
c) Dañar, ensuciar
y/o rayar infraestructura, materiales o bienes del establecimiento, de los
compañeros o de cualquier miembro de la comunidad educativa.
d) Intentar y/o
copiar en prueba, exámenes, trabajos de investigación, etc. o de intentar y/o
ayudar de cualquier forma en pruebas escritas u orales a otro compañero cuando
no corresponda.
e) Falta de
respeto a los símbolos patrios y del establecimiento.
f) No acatar una
instrucción dada por el personal del establecimiento.
g) Colusión para
cometer actos contrarios al reglamento.
h) Ausentarse, sin
justificación, a actividades fuera de horario que impliquen representación
oficial del establecimiento.
i) Agredir
físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier
otro miembro de la comunidad educativa cuyos resultados no sean de la entidad
para ser consideradas gravísimas.
j) Agredir verbal
o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea que se
realice o intente realizar a través de cualquier medio en contra de cualquier
miembro de la comunidad educativa.
k) Amedrentar,
amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u
otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres
hirientes o peyorativos, mofarse de características físicas, etc.) aun cuando el
afectado consintiere en ello.
l) Discriminar a
un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,
situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia
étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos
físicos o cualquier otra circunstancia.
m) Amenazar,
atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de
la comunidad educativa a través de cualquier medio, como las redes sociales (twiter,
Facebook, chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos,
foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs), teléfonos o
cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
n) Exhibir,
transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato
escolar
o) Fumar al
interior de las dependencias del establecimiento.
p) Participar en
actos propios de la política contingente o partidario dentro de los recintos
del colegio o donde se realicen actividades curriculares, salvo que se trate de
una actividad coordinada y organizada por el colegio con estrictos fines
pedagógicos.
q) Manifestarse de
manera amorosa (pololear, “andar”, “poncear”)
al interior de los recintos del establecimiento.
ARTICULO Nº 31:
Se consideran FALTAS GRAVISIMAS: Son Faltas
gravísimas aquellas conductas, actitudes y comportamientos que transgreden las
normas que regulan la convivencia, causando un gravísimo perjuicio a la
convivencia escolar o con muy serias repercusiones negativas para sí mismo,
para terceros o para establecimiento o conductas tipificadas como delito. Estas
faltas serán castigadas con alguna o algunas de las medidas o sanciones
disciplinarias establecidas.
NOTA: El registro de dos
faltas graves, se considerará como una falta gravísima.
a)
Falsificación o alteración de algún tipo de
documento en que incurra el alumno para su propio beneficio
b)
Adoptar conductas constitutivas de acoso escolar o
bullying.
c)
Adoptar conductas sexualizadas o de acoso sexual
al interior del establecimiento.
d)
Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia
en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa
con resultado de lesiones.
e)
Adulterar, hurtar, robar, destruir o falsificar
justificativos, notas o anotaciones en el Libro de Clases u otros documentos
oficiales.
f)
Hurtar o robar, cualquier objeto o bien del
establecimiento de propiedad de cualquier miembro de la comunidad educativa.-
g)
Calumniar o Levantar falso testimonio a miembros
de la comunidad educativa
h)
Organizar y/o participar en actos vandálicos
dentro o fuera del Establecimiento.
i)
Poseer o difundir material pornográfico dentro del
establecimiento.
j)
Ingresar, portar, vender, comprar, distribuir y/o
consumir bebidas alcohólicas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior
del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas,
patrocinadas o supervisadas por éste. Si llegare un Alumno en estado de
intemperancia, podrá ingresar al establecimiento, pero no a clases, y se
llamará inmediatamente al Apoderado para que lo retire del establecimiento.
k)
Introducir al establecimiento o portar en sus
dependencias cualquier implemento que pueda causar daño a los demás. En
consecuencia queda prohibido portar armas de fuego verdaderas o falsas, de aire
comprimido, armas cortantes, corto punzantes, contundentes y de cualquier otro
tipo, artículos explosivos, corrosivos o peligrosos, como asimismo, cualquier
otra sustancia o elemento que pongan en riesgo la seguridad propia, así como la
de otras personas.
l)
Ingresar, portar, vender, comprar, traficar y/o
consumir cualquier tipo de drogas, alcohol, sustancias psicotrópicas, entre
otras, al interior del establecimiento.
m)
Impedir por cualquier medio el ingreso al
establecimiento de directivos, docentes, administrativos, auxiliares y Alumnos,
salvo las actividades consideradas como tradición del establecimiento.
n)
Abandonar el establecimiento durante la jornada
escolar sin la autorización correspondiente.
o)
Escribir frases pornográficas, palabras soeces o
dentro de la índole (lista negra u otro), en paredes, mesas, sillas, estantes,
casilleros, diarios murales o red digital (Internet) del establecimiento.
p)
Atentar gravemente contra la dignidad de cualquier
miembro de la comunidad escolar mediante actitudes de acoso o ataques de
connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito;
q)
Participar en actividades violentas, tales como
riñas o golpizas dentro del recinto escolar o comportamientos externos que
atenten contra la dignidad de terceros o la imagen del establecimiento.
r)
Provocar daños graves a la propiedad privada, ya
sea, del Colegio, de sus alumnos, de apoderados o de funcionarios, dentro o
fuera del establecimiento.
s)
Comportarse inadecuadamente durante las salidas a
terreno que impliquen un daño a personas, instituciones, medios de transporte,
lugares visitados y/o al prestigio del establecimiento o país.
t)
Alterar las actividades propias del
establecimiento, como consecuencia de conductas individuales o colectiva de
alumnos(as), y que atenten contra la integridad de terceros y de los bienes de
la propiedad del establecimiento.
Observación
La suspensión por conducta implicará que el alumno (a) deberá realizar un
trabajo extraordinario en su hogar, el cual será calificado por el profesor(a) correspondiente (jefe y/o Asignatura), cuando el alumno(a) se reintegre a
clases. Esta sanción implica que el alumno (a) no podrá participar de
ninguna actividad curricular o extracurricular durante el tiempo que dure la
medida disciplinaria tomada.
En
caso
de que un alumno incurra
en reiteradas faltas graves el Director junto al Consejo de Profesores podrán condicionar su matrícula quedando así el alumno(a)
en observación por el resto
del período escolar. En caso
de no mejorar se le comunicará
al apoderado que debe cambiarlo
de escuela.
Cuando un alumno se
excede en la gravedad de su conducta se hará un
consejo de profesores antes de 48 hrs, ocurridos los hechos
para analizar dicha situación y determinar
si procede la cancelación de la matrícula. De ser así se dejará constancia en el acta de consejo y se notificará
en forma escrita al
apoderado y al Departamento Provincial de Educación.
Suspensión (3 a 9 días).
Matrícula condicionada.
Cancelación de la matrícula.
Comité
de Sana Convivencia Escolar.
Existirá
un Comité de Sana Convivencia Escolar, que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los
siguientes estamentos:
a)
La Dirección.
b)
Los
profesores (as).
c) Los alumnos (a).
d)
Los
padres y apoderados (as)
e)
Los
asistentes de la educación.
- Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento
de un clima escolar sano.
- Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento y de Mediación Escolar.
- Informar y capacitar a todos los
integrantes de la comunidad educativa
acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar
y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.
- Designar a uno o más
encargados de convivencia escolar.
- Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar;
- Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes
relativos a la convivencia escolar.
- Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones
serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por
los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los
procedimientos a seguir en cada caso.
- Aplicar sanciones en los casos
fundamentados y pertinentes.
- Informar periódicamente
al Consejo de Profesores de las acciones que llevan a cabo en el
establecimiento.
1.
Se podrá aplicar a quien incurra en
conductas contrarias a lo dispuesto por este reglamento y/o a la sana
convivencia escolar, y especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas
de las siguientes medidas o sanciones disciplinarias:
a) Amonestación por escrito: Consiste en un llamado de atención realizado por parte de un
profesor, o personal de convivencia escolar, en el cual se le hace presente al
alumno(a) lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría
tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente
y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar, dejando
constancia escrita en algunos de los documentos oficiales del establecimiento
consignando la actitud negativa de él o los alumnos. (Libro de clases, hoja de
vida del alumno, Agenda Escolar, o carpeta de convivencia escolar). El alumno
tiene derecho a conocer el texto de la anotación registrada y el tipo de falta
cometida.
b) Expulsión de la sala de clases: Consiste en ordenar el retiro del alumno de la sala en la cual se
desarrolla la clase. Se aplicará como último recurso cuando el alumno
impida el normal desarrollo del trabajo escolar de los demás compañeros y
siempre que su problemática sea de carácter conductual y se haya realizado
proceso de acompañamiento anterior. Se dejará constancia del hecho en el libro
de la clase. El alumno deberá presentarse en la oficina de Convivencia Escolar
respectiva. La aplica Profesor de Asignatura o Profesor responsable del curso.
c) Reparación del daño ocasionado. Consiste en la
restitución del bien dañado, su pago monetario y/o las disculpas
correspondientes al estudiante o miembro de la comunidad educativa agredido o
afectado, mediante una conversación directa o a través de una carta del
estudiante agresor en conjunto con sus padres, dirigida al afectado, en donde
se compromete a no reincidir.
d) Citación al apoderado: consiste en que se solicita la presencia del apoderado(a), en el
Colegio debido a alguna conducta efectuada por el alumno (a) que transgrede las
normas institucionales. Esta medida puede ser aplicada por el profesor jefe en
primera instancia, posterior a ello pueden realizar esta misma acción el equipo
de convivencia escolar, Inspectoría general y/o Director. Esta citación se
realiza a través de una comunicación vía Agenda Escolar, telefónica o a través
de correo Electrónico, según sea la situación y la urgencia. El apoderado
deberá presentarse con su pupilo.
e) Establecimiento de compromisos: El alumno en conjunto con su apoderado en entrevista formal
establecerá compromisos de cambio relacionados con la situación en la cual se
ve involucrado. Estos serán monitoreados por el equipo de convivencia escolar.
f) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional: esta medida disciplinaria consiste en asignar al alumno infractor
determinadas tareas o servicios a favor de la comunidad educativa, previa
autorización del apoderado.
g) Cancelación de
matrícula: Consiste en la
separación total del alumno(a) del establecimiento educacional quedando
inhabilitado a volver de manera definitiva. Solo podrá aplicarse cuando sus
causales estén claramente descritas y afecten gravísimamente la convivencia
escolar.
El Director debe haber presentado de manera previa a los padre y
/o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible
aplicación de sanciones e implementando a favor de él o la estudiante las medidas
de apoyo pedagógico o psicosocial.
La medida de cancelación de matrícula solo podrá adoptarse
mediante un procedimiento previo, racional y justo que deberá garantizar el
derecho del estudiante y / o el padre afectado a realizar sus descargos y a
solicitar la reconsideración de la medida.
La decisión de cancelación de matrícula solo podrá ser adoptada
por el Director, esta decisión y sus fundamentos, deberá ser notificada por
escrito al estudiante y sus apoderado, quienes podrán pedir la reconsideración
de la medida dentro de quince días de su notificación, ante la misma autoridad,
quien resolverá previa consulta al consejo de profesores, el cual deberá
pronunciarse revisando los antecedentes teniendo a la vista el o los informes
técnicos psicosociales pertinentes que se encuentren disponibles.
Una vez aplicada la medida el Director deberá informar de aquella
a la Dirección regional de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo
de 5 días hábiles, a fin de que esta se revise, en la forma, el cumplimiento.
Corresponderá al Ministerio de Educación
velar por la reubicación del estudiante afectado por la medida y adoptar
las medidas de apoyo necesarias.
TÍTULO IX CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS SANCIONES
Artículo
32: Aplicación de sanciones
1. Toda sanción
aplicada debe velar por el derecho de cada alumno a recibir educación.
2. Toda sanción o
medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados
y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la
conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor
protección y reparación del afectado y la formación del responsable.
Artículo
33: Atenuantes y Agravantes
1. Deberán tomarse
en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, las circunstancias
atenuantes o agravantes de la responsabilidad del autor de la falta.
Artículo
34: Atenuantes
1. Se considerará
como circunstancias que atenúan la responsabilidad de los alumnos, las
siguientes:
a) La edad, el desarrollo psicoafectivo, volitivo
y las circunstancias personales, familiares y sociales.
b) El haber tenido buena conducta anterior.
c) Colaborar con la investigación y/o prestar
declaración voluntaria
d) El haber sido inducido a cometer una falta por
alguien de mayor edad.
e) El haber manifestado voluntariamente
arrepentimiento y/o haber efectuado algún acto de reparación de la falta
cometida.
f) El apoyo brindado por el apoderado al proceso
educativo y formativo del alumno y su compromiso con la comunidad educativa.
Artículo
35: Agravantes
1. Se consideran
como circunstancias que agravan la responsabilidad de los alumnos, las
siguientes:
a) Ser
reincidentes en la ejecución de una misma falta.
b) Cometer una
falta para ocultar o ejecutar otra.
c) Producir un
efecto perturbador en la Comunidad Educativa.
d) Cometer una
falta aprovechando la confianza depositada en ellos.
e) Cometer la
falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas.
f) Colocar en
incapacidad de resistir o en condiciones de inferioridad física o psíquica a la
persona sobre quien se ejerce la acción.
g) Emplear, en la
ejecución del hecho, un objeto expresamente prohibido en este Reglamento o cuyo
uso pueda resultar peligroso.
h) Cometer una
falta con premeditación y/o con complicidad de otras personas.
i) Agravar la
falta cometida aumentando sus consecuencias.
j) Negar la falta
a pesar de la evidencia.
k) Culpar y/o
involucrar injustamente a otros.
ARTÍCULO Nº36:
El establecimiento
considera los siguientes estímulos a los alumnos(as) que tienen una destacada participación
en su formación personal y relación de sana convivencia
con sus pares:
Rendimiento, Compañerismo, Responsabilidad, Solidaridad,
participación en eventos Artísticos Culturales
y Deportivos y Perfil del
Estudiante que egresa.
Ocasiones
para el Estímulo:
- Rendimiento: Al término de cada Semestre.
- Compañerismo: Semana del niño(a).
- Esfuerzo: Al
término de cada Semestre.
- Licenciatura 8° básico: Se entregará el premio al estudiante que refleje
fielmente los valores de nuestra Escuela.
- Lugar destacado en el Cuadro de Honor (Programa Radio e informativo
a los Apoderados).
- Diplomas.
- Obsequios.
- Medallas.
Semestralmente se elaborará un cuadro de Honor
Académico.
El Establecimiento para lograr los fines
educacionales, el cumplimiento de
los deberes
de los alumnos(as) y de asegurar sus
derechos, cuenta para ello con las siguientes estrategias y actividades de refuerzo.
Aplicación
de la Estrategia:
“Plan
Anual de
Orientación, Refuerzo Educativo, Adecuaciones
Curriculares para atenderla Diversidad,
Dos horas de Reflexión Pedagógica semanales, atención de Especialistas,
Psicólogo/a, Psicopedagoga, Fonoaudióloga, Plan de Pro
retención a los alumnos(as)para evitar
la deserción escolar, redes de apoyo, etc.
La Estrategia pretende buscar espacios
para que los alumnos y alumnas, docentes
y apoderados trabajen en talleres para
potenciar su responsabilidad, compartir los problemas buscar soluciones, estimular y promover la
colaboración entre todos, como una manera de resolver los conflictos
de un modo pacífico conceptualizando términos
como respeto, dialogo, compañerismo y tolerancia para mejorar nuestra Convivencia Escolar.
Los profesores Jefes
promoverán una tutoría diaria en cada uno de sus cursos, los 10 primeros
minutos de cada día, en los cuales velarán por:
- La asistencia.
- Recibir los
justificativos.
- Promover el
diálogo al interior del curso y hacer respetar las normas de convivencia, el
reglamento de evaluación y el PEI de la Escuela, por ejemplo, a través de temas
valóricos dados desde el departamento de Orientación.
ARTÍCULO Nº40:
El Establecimiento frente a las posibles situaciones de riesgo,
como consumo de drogas, alcoholismo,
acoso, bullying, actos de violencia,
maltrato y discriminación entre los
actores educativos, de la integración física y psíquica existe un
anexo de Comité de Sana Convivencia Escolar
donde se resolverá cada situación.
TITULO
XIII DE LOS ROLES Y FUNCIONES QUE LES CORRESPONDE CUMPLIR LOS DIVERSOS
ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR
ARTÍCULO Nº 41 :
El Establecimiento, para
lograr o desarrollar actitudes positivas de los alumnos (a), promover el
cumplimiento de los deberes y el aseguramiento de los derechos de los alumnos
(as), de acuerdo al rol de cada integrante de la Comunidad Educativa se
compromete a:
ARTÍCULO Nº 42:
·
El Director(a).
Descripción del Perfil:
Profesional de nivel superior que se ocupa de la
dirección, administración, supervisión y coordinación de la educación de la unidad educativa. Su función principal es liderar
y dirigir el Proyecto Educativo
Institucional.
-
Representar el
Establecimiento en su calidad de miembro de la Dirección.
- Definir
el PEI y la Planificación Estratégica
del establecimiento.
- Difundir
el PEI y asegurar la participación
de la comunidad.
- Gestionar
el clima organizacional y
la convivencia.
- Informar
oportunamente
a los apoderados a cerca del
funcionamiento de la Escuela.
- Tomar
decisiones sobre inversiones en el Establecimiento.
- Administrar
los recursos físicos
y financieros del Establecimiento.
- Gestionar
el personal.
- Coordinar
y promover
el desarrollo
profesional del cuerpo docente.
- Dar cuenta pública
de su gestión.
- Monitorear y evaluar las
metas y objetivos del establecimiento.
- Compromiso
ético-social.
- Orientación
a la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Liderazgo.
- Responsabilidad
- Negociar
y resolver conflictos.
- Adaptación
al cambio.
ARTÍCULO Nº 43:
*
Inspector General.
Profesional
de la educación que se responsabiliza de las funciones organizativas necesarias
para el cumplimiento del Reglamento Interno de la Institución.
Competencias Funcionales:
-
Establecer lineamientos educativo-formativos al interior de los diferentes
niveles.
-
Difundir el PEI y asegurar la participación de la comunidad educativa y el
entorno.
-
Gestionar el clima organizacional y la convivencia.
-
Asegurar la existencia de información útil para la toma oportuna de decisiones.
- Gestionar
el personal.
-
Coordinar y ejecutar el proceso de admisión de alumnos.
-
Planificar y coordinar las actividades de su área.
-
Administrar los recursos de su área en función del PEI.
-
Coordinar aspectos disciplinarios de la labor docente
-
Administrar la disciplina del alumnado.
Competencias Conductuales:
- Compromiso
ético-social.
-
Orientación a la calidad.
-
Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
-
Liderazgo.
-
Responsabilidad.
-
Relaciones interpersonales.
-
Negociar y resolver conflictos.
-
Asertividad.
ARTÍCULO N° 44:
* Coordinadora Académica.
Profesional que se responsabiliza
de asesorar al Director y de la programación,
organización, supervisión y evaluación del
desarrollo de las actividades curriculares.
- Establecer
lineamientos educativo-formativos al interior de los diferentes niveles.
- Difundir
el PEI y asegurar la participación
de la comunidad educativa y el entorno.
- Asegurar
la existencia de información útil para la toma oportuna de decisiones
- Gestión
del personal.
- Planificar
y coordinar las actividades de su área.
- Administrar
los recursos de su
área en función del PEI.
- Coordinar y supervisar el trabajo
académico y administrativo los distintos coordinadores y los(as) de Jefes de Departamento.
- Supervisar
la implementación de los programas
en el Aula
- Asegurar
la calidad de las estrategias didácticas en el aula.
- Dirigir
el proceso de evaluación
docente.
- Organizar
el currículo en relación
a los objetivos del PEI y SEP.
- Asegurar
la implementación y adecuación de
planes y programas.
- Entregar
apoyo al profesor en el
manejo y desarrollo del grupo curso.
- Mejorar
las estrategias de acuerdo
a los resultados.
- Gestionar
proyectos
de innovación pedagógica.
- Compromiso
ético-social.
- Orientación
a la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Liderazgo.
- Responsabilidad.
- Negociar
y resolver conflictos.
- Asertividad.
ARTÍCULO Nº 45:
*
Docentes de Aula.
Profesional de la educación,
lleva acabo directamente los procesos sistemáticos de
enseñanza y formación, lo que incluye,
diagnóstico, planificación, ejecución
y evaluación de los dichos procesos
y de las actividades educativas complementarias
que tienen lugar en el Primer
y/o Segundo Ciclo Básico.
Docente de Aula es el
profesional de nivel superior que, dentro
del Establecimiento es el responsable directo de llevar a cabo
el proceso enseñanza aprendizaje. Sus
funciones específicas son:
- Realizar
labores administrativas docentes.
- Ingresar información
oportuna al libro de clases y al sistema de gestión (antecedentes,
observaciones notas, etc.).
- Reportar y registrar evolución académica de los estudiantes.
- Planificar
la asignatura.
- Planificarla clase y metodologías de aprendizaje.
-Organizar
un
ambiente estructurado y estimulador del
aprendizaje para estudiantes de Primer y/o Segundo Ciclo Básico.
- Realizar
clases
efectivas.
- Adecuar
estrategias de
enseñanza para el aprendizaje.
- Evaluar
los aprendizajes.
- Mejorar
las estrategias de acuerdo
a los resultados.
- Gestionar
proyectos
de innovación pedagógica.
- Desempeñar
su cargo
y educar a sus alumnos en concordancia con los principios y Políticas Educacionales.
- Desarrollar
las actividades pedagógicas de colaboración que le hayan asignado las autoridades superiores
del Establecimiento.
- Diagnosticar,
planificar, ejecutar
y evaluar los procesos y las actividades
educativas generales y complementarias.
- Cumplir
con la carga horaria a sumida por contrato.
- Atender
a sus alumnos en forma puntual y oportuna.
- Observar
preocupación
por la
presentación personal de los alumnos
y del aseo general en la sala de clases
(antes, durante y después).
- Atender
a las Directivas
de sub-centros de Padres cuando estos lo soliciten.
- Realizar reuniones de
apoderados(as).
- Realizar entrevistas
periódicas con sus apoderados(as).
- Compromiso
ético-social.
- Orientación
a la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Liderazgo
pedagógico.
- Responsabilidad.
- Trabajar
en
equipo.
- Iniciativa
e innovación.
*
Educadora de Párvulos.
Profesional de la educación que busca favorecer aprendizajes de calidad en los primeros años de vida, desarrollando
aspectos claves como los vínculos afectivos, la confianza básica, la identidad, el lenguaje,
la sensomotricidad, el pensamiento
concreto y la representación simbólica.
- Realizar
labores administrativas docentes.
- Involucrar
colaborativamente a los apoderados de Educación Parvularia en el proceso
educativo.
- Implementar
planes de
acción preventivos y de desarrollo de los niños y niñas de Educación Parvularia y sus familias.
- Involucrar
colaborativamente a los niños y niñas de Educación Parvularia en las actividades del establecimiento.
- Planificarla clase y metodologías de aprendizaje.
- Organizar
un
ambiente estructurado y estimulador del
aprendizaje en Educación Parvularia.
- Realizar
clases
efectivas.
- Adecuar
estrategias de
enseñanza para el aprendizaje.
- Evaluar
los aprendizajes.
- Mejorar
las estrategias de acuerdo
a los resultados.
- Gestionar
proyectos
de innovación pedagógica.
- Compromiso
ético-social.
- Orientación
a la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Liderazgo
pedagógico.
- Responsabilidad.
- Trabajar
en
equipo.
-Iniciativa
e innovación.
*
Psicólogo/a Escolar.
Profesional responsable de
favorecer el proceso de enseñanza y
aprendizaje a nivel individual y grupal, a través de la evaluación de los estudiantes que presenten
necesidades educativas especiales, derivadas de su desarrollo emocional, social o discapacidades y, a nivel
institucional, propiciando un clima organizacional y de aprendizaje adecuado.
- Planificar
y coordinar las actividades de su área.
- Administrar
los recursos de su
área en función del PEI.
- Entregar
apoyo al profesor en el
manejo y desarrollo del grupo curso.
- Atender estudiantes con dificultades psicológicas.
- Compromiso
ético-social.
- Orientación
a la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
- Relaciones
interpersonales.
- Trabajar
en
equipo.
- Asertividad.
- Iniciativa
e innovación.
* Psicopedagogo /a.
Profesional que atiende diferentes tipos de necesidades educativas especiales, derivadas de deficiencias
mentales, visuales, auditivas, psicomotoras
y trastornos específicos del aprendizaje.
- Planificar
y coordinar las actividades de su área.
- Administrar
los recursos de su
área en función del PEI.
- Entregar
apoyo al profesor en el
manejo y desarrollo del grupo curso.
- Evaluar
capacidades
de aprendizaje.
- Atender
estudiantes con necesidades educativas especiales.
- Supervisar
las adecuaciones curriculares
de alumnos con necesidades educativas especiales.
- Compromiso
ético-social.
- Orientación
a la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
- Relaciones
interpersonales.
- Trabajar
en
equipo.
- Asertividad.
- Iniciativa
e innovación.
* Educación Diferencial.
Es el o
la Profesional docente responsable
del proceso enseñanza-aprendizaje, cuyo objetivo
principal es favorecer las condiciones para que
el niño
logre un desarrollo global, específicamente en el área cognitiva
y su autoestima, dentro de sus posibilidades individuales.
- Diagnosticar
a nivel
individual y familiar.
- Realizar tratamiento, a través
de acciones metodológicas orientadas a mejorar
las situaciones problemáticas
detectadas, que permitan alcanzar los objetivos
del Plan Educativo Individual.
- Procurar la educación integral del educando con la
colaboración y asesoría de la coordinación académica.
- Profesionales
que
componen el equipo de trabajo y con profesionales
de otros servicios.
- Cumplir
labores
de asesoría, a través de la entrega de elementos de la especialidad en las diferentes instancias técnicas de la institución educativa.
- Participar
en reuniones Técnicas.
- Evaluar
el trabajo de alumnas en práctica
cuando la escuela lo requiera.
ARTÍCULO Nº50:
* Bibliotecario /a.
Profesional que se responsabiliza
de prestar apoyo a las prácticas pedagógicas a través de la administración del Centro de Recursos
de Información y Comunicación para el Aprendizaje.
- Coordinar
la norma tecnológica de la biblioteca con la norma tecnológica de la escuela.
- Administrar
el
uso de recursos bibliográficos y audiovisuales.
- Estimular
la búsqueda y uso de la
información para potenciar
los aprendizajes.
- Atender
público y préstamos en
la sala de lectura.
- Preparar
físicamente libros y revistas para disposición
de los usuarios.
- Organizarlos libros en sus respectivas
estanterías y con su respectivo
orden estructurado y lógico.
- Reparar
libros en mal estado.
- Ejecutarla estadística
diaria, mensual y anual.
- Confeccionar
el archivo vertical según las normas establecidas.
- Confeccionar
fichas y carnet de socios.
- Ejecutar búsquedas bibliográficas.
- Mantener
actualizada la base de datos.
- En general, todas las tareas que
son propias
al funcionamiento de una Biblioteca Escolar.
- Orientar
a los alumnos
en la búsqueda de información requerida.
- Cumplir con todas las
exigencias emanadas por parte del MINEDUC.
- Compromiso
ético-social.
- Orientación
a la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
- Relaciones
interpersonales.
- Trabajar
en
equipo.
- Iniciativa
e innovación.
ARTÍCULO Nº51:
* Asistentes de
Párvulos.
Es el funcionario no docente encargado de
asistir a la profesional, colaborando en
el proceso enseñanza-aprendizaje, ayudar a la Educadora de Párvulos en las labores que le asigne, relativas al trabajo
pedagógico y formativo de sus alumnos (as).
Competencias Funcionales:
- Colaborar
en
la recepción y preparación de los niños para el inicio de la jornada.
- Colaborar
con la revisión de la libreta de comunicaciones de los niños.
- Velar
por
el orden y la disciplina en la sala de clases y durante los recreos.
- Supervisar
las actividades de aseo
personal de los niños.
- Ayudar
en la preparación de materiales, fichas, murales y decoración.
- Ordenar
la sala al término de la jornada.
- Ayudar
a ordenar
la salida de los alumnos.
- Cubrir
a la Educadora de Párvulos en casos de emergencia
o en forma transitoria cuando debe ausentarse de la sala de clases.
- Participar
en
las reuniones de curso.
- Acompañar
a la Parvularia
en las actividades extra programáticas o recreativas del curso, tanto dentro como fuera de la escuela.
- Comunicar
a la Educadora cualquier situación especial o
irregular que ocurriera respecto a
los alumnos
o apoderados.
- Ayudara los niños
en situaciones especiales, como accidentes, enfermedades,
baño, retiro antes de la
hora, etc.
Código
Competencias Conductuales:
-
Compromiso ético-social.
-
Orientación a
la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
-
Relaciones interpersonales.
-
Trabajar en
equipo.
-
Asertividad.
-
Iniciativa e
innovación.
ARTÍCULO Nº52:
* Asistentes de Aula.
Es el funcionario no
docente encargado de asistir al profesor(a), colaborando en el proceso
enseñanza-aprendizaje, ayudar al profesional en las labores que le asigne,
relativas al trabajo pedagógico y formativo de sus alumnos (as).
Competencias Funcionales:
-
Colaborar en
la recepción y preparación de los niños para el inicio de la jornada.
-
Colaborar con la revisión de la libreta de comunicaciones de los niños.
-
Velar por
el orden y la disciplina en la sala de clases y durante los recreos.
-
Supervisar las actividades de aseo
personal de los niños.
-
Ayudar en la preparación de materiales, fichas, murales y decoración.
-
Ordenar la sala al término de la jornada.
-
Ayudar a
ordenar la salida de los alumnos.
-
Cubrir al
profesor en casos de emergencia o en
forma transitoria cuando debe ausentarse
de la sala de clases.
-
Participar en
las reuniones de curso.
-
Acompañar al
profesor (a) en las actividades extra programáticas
o recreativas del curso,
tanto dentro como fuera de la escuela.
-
Comunicar al
profesor (a) cualquier situación especial
o irregular que ocurriera respecto a los alumnos
o apoderados.
-
Ayudara los niños
en situaciones especiales, como accidentes, enfermedades,
baño, retiro antes de la
hora, etc.
Código
Competencias Conductuales:
-
Compromiso ético-social.
-
Orientación a
la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
-
Relaciones interpersonales.
-
Trabajar en
equipo.
-
Asertividad.
-
Iniciativa e
innovación.
ARTÍCULO
Nº53:
* Auxiliar de
Servicio.
El personal auxiliar
de servicios menores es responsable directo de la
vigilancia, cuidado, atención y mantenimiento de los muebles, enseres e instalaciones del Establecimiento y demás funciones
subalternas de índole similar.
Competencias Funcionales:
- Contribuir
en el proceso educativo
de los alumnos del Establecimiento
a través de la observación de sus
modales, su presentación personal y su
conducta funcionaria.
- Organizar
sus tareas en forma racional
de modo
que la conservación, presentación del
local y sus dependencias sea excelente.
- Avisar
oportunamente
de las condiciones de inseguridad que
detecte en las dependencias del Establecimiento.
- Mantener
el aseo y ordenen todas
las dependencias del Establecimiento.
- Desempeñar,
cuando proceda,
labores de Portero del Establecimiento.
- Retirar,
repartir mensajes, correspondencia y otros, en distintas dependencias con hoja de
ruta.
- Ejecutar
reparaciones, restauraciones e instalaciones
menores que se le encomienden y para las cuales
se encuentre preparado.
- Cuidar
y responsabilizarse del uso y conservación
de herramientas y maquinarias que se le hubieran asignado.
- Desempeñar,
cuando proceda,
la función
de vigilante nocturno del Establecimiento.
- Ejecutar
encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del Establecimiento.
- Participar
en la preparación y realización de
actividades que se desarrollen en el Establecimiento, previa instrucción
de la autoridad respectiva.
- Cumplir
las demás
funciones que le asigne
el Director,
Inspector General y/o Coordinadora Académica.
Código
Competencias Conductuales:
-
Compromiso ético-social.
-
Orientación a
la calidad.
- Autoaprendizaje
y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
-
Relaciones interpersonales.
-
Trabajar en
equipo.
-
Asertividad.
-
Iniciativa e
innovación.
ARTÍCULO Nº 54
Centro de Alumnos.
El Centro de Alumnos es la organización formada por todos los
estudiantes de enseñanza básica del Establecimiento
Educacional. Su finalidad es servir a sus miembros, en función de los propósitos
del establecimiento y dentro de las normas
de organización escolar, como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio
crítico y la voluntad de acción; de formar los para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales. Se
rigen por un propio estatuto. Además, es asesorado por un docente del
establecimiento, designado por el director.
ARTÍCULO Nº 55:
* El Centro de Padres.
El centro de padres y
apoderados (CPA) es una agrupación voluntaria que reúne a los padres y
apoderados que desean participar y contribuir en la comunidad educativa, a
través de diferentes actividades y proyectos.
Competencias
Funcionales:
- Integrar
a sus miembros en una comunidad inspirada por principios, valores e ideales educativos comunes, canalizando para
ello las aptitudes, intereses y
capacidades personales de cada uno.
- Establecer
y fomentar vínculos entre el hogar y el
establecimiento y que faciliten la comprensión y el apoyo
familiar hacia las actividades
escolares y el ejercicio del rol que corresponde
desempeñara los padres y apoderados
en el fortalecimiento de los hábitos,
ideales, valores y actitudes que la educación
fomenta en los alumnos.
- Apoyar
al establecimiento, aportando
esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo integral del alumno (a).
- Proyectar
acciones hacia la comunidad
en general; difundir
los propósitos e ideales del
Centro de Padres.
Competencias Conductuales:
- Compromiso
ético-social.
-
Autoaprendizaje.
-
Responsabilidad.
- Relaciones
interpersonales.
-
Trabajar en equipo.
-
Iniciativa e innovación.
-
Orientación a los resultados.
Todo
alumno(a)que haya sido sancionado por alguna medida,
que no la considere
justa, tiene derecho a presentar reclamo
por escrito al Director del Establecimiento, la autoridad debe pronunciarse frente
a la apelación del alumno(a),
previa consulta al Consejo de Profesores (cuando la situación lo amerite).
ARTÍCULO Nº 57:
Para ejercer el
derecho de apelación el alumno(a)
o su apoderado, deberá presentar sus peticiones
en un plazo no mayor
de tres días, del
momento de haber sido notificado por el Director
sobre las causales de la sanción,
y el Director en un plazo no superior
a tres días para su pronunciamiento.
El presente Reglamento de Convivencia Escolar fue estudiado y analizado por los Docentes,
Asistentes, estudiante y apoderados(as), además del Consejo Escolar y será conocido por todas las partes de la
Unidad Educativa. El Establecimiento, al momento de la matrícula se le hará
entrega de una síntesis del
Reglamento a los Padres y Apoderados
y su difusión completa a todos los
alumnos y alumnas del Establecimiento o en su defecto en la
Primera reunión de apoderados del año lectivo, donde se llevará a cabo la lectura detallada a los Padres y Apoderados; además, en la agenda existirá un extracto.
Articulo N°59:
ACTA
PARTICIPACIÓN EN LA ELABORACIÓN REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
La ley 20.529 en lo
relativo a la Convivencia Escolar, establece los mecanismos a que deben
referirse los reglamentos internos, instancias de participación y trabajo
colectivo, ejercicios de deberes y derechos respeto a la diversidad y los mecanismos
de resolución de conflictos y ejercicio del liderazgo democrático por los
miembros de la Comunidad Educativa
El
establecimiento cuenta con un libro de felicitaciones o reclamos a
disposiciones de los padres y apoderados, o amigos del establecimiento.
OBSERVACIONES:
·
Actividades
extracurriculares: todas las actividades de extracurriculares
(celebraciones / actos / encuentros y/u
otros), se llevarán a cabo los días martes después de las 16:00 hrs., por lo
cual, los profesores jefes y/o tutores, serán los responsables de asegurar la
convocatoria en ellos.
·
Mobiliario
(mesas y sillas): ante cualquier daño, el alumno(a) debe reponer en
su integridad el mobiliario, aunque sea un rayado, corte, pegado u otro
(siempre y cuando sea comprobada su intencionalidad).
·
Pinturas
dependencias del colegio: ante cualesquier daño, el alumno(a) debe reponer
en su integridad el daño, aunque sea una muralla completa (siempre y cuando sea
comprobada su intencionalidad).
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