martes, 28 de agosto de 2018

Suspensión de clases, AGOSTO 28

Estimada Comunidad Educativa:
Junto con saludar, informo a ustedes que el día de HOY no se realizarán clases en forma regular, debido a la jornada de movilización del COLEGIO DE PROFESORES/AS.
De antemano, muchas gracias por su comprensión (mañana clases normales).
Saluda atentamente,

Roger Arteaga Cea
DIRECTOR

lunes, 18 de abril de 2016

NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA ESCUELA, 2016

                                               REGLAMENTO INTERNO
DE CONVIVENCIA ESCOLAR
2016


      ESCUELA
      “F 53 – PEDRO DE OÑA

IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
Director
Sr. Roger Fredy Arteaga Cea
Dirección del Establecimiento
Urrutia  640
R.B.D.
5508-5
Comuna
Purén
Fono
045- 2 463264
E-mail
escuelaf53pdo@gmail.com



PURÉN, Marzo 2016





La Comunidad Educativa es una agrupación de personas que inspiradas en un propósito común integran una institución educativa. Ese objetivo común es contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos los alumnos(as) que son miembros de ésta, proponiendo asegurar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico. El propósito compartido de la comunidad se expresa en la adhesión al Proyecto Educativo del Establecimiento y a sus reglas de Convivencia establecidas en el Reglamento Interno. Este Reglamento debe permitir el ejercicio efectivo de los derechos y deberes señalados en la LGE.


El Reglamento de Convivencia Escolar es un componente del Reglamento Interno de todo Establecimiento Educacional que debe tener. Los Establecimientos Municipales están legalmente obligados a contar con un Reglamento Interno que contenga el de Convivencia, cuyo objetivo es lograr un marco regulatorio a los problemas de Convivencia en la Comunidad Educativa.
Sirve para orientar el comportamiento de los diversos actores que conforman la Comunidad a través de normas y acuerdos que definen los comportamientos aceptados, esperados o prohibidos, estableciendo criterios y procedimientos formativos para abordar los conflictos y las situaciones de violencia. Para esto, define sanciones y medidas reparatorias proporcionales y ajustadas a derecho.
Los documentos legales que apoyan la conformación del Reglamento de Convivencia Escolar son:
o   El DFL Nº 2 del 20-08-98, de Subvenciones, que exige el Reglamento Interno como requisito para que los Establecimientos Educacionales puedan obtener la Subvención y sanciona como infracción grave, el incumplimiento de algunas disposiciones señaladas. El Reglamento de Convivencia forma parte del Reglamento Interno.
o   LGE20.370, regula los derechos y deberes de los Integrantes de la Comunidad Educativa, fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de Educación Parvularia y  Básica, regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento, y establece los requisitos y el proceso para el reconocimiento oficial de los Establecimientos e Instituciones Educacionales de todo nivel, con el objetivo de tener un sistema educativo caracterizado por la Equidad y Calidad de su servicio.
o   Ley Nº20.536, sobre Violencia Escolar que promueve la buena Convivencia Escolar y previene toda forma de violencia física o psicológica,agresionesuhostigamientosyestablecequetodoslosEstablecimientosMunicipalizadosdebencontarconunReglamentoInternoqueregule las relaciones entre el Establecimiento y los distintos actores de la Comunidad Educativa, y garantice el justo procedimiento en el caso en que se contemplen sanciones, las que en ningún caso podrán contra venir la normativa vigente, que cada Establecimiento Educacional tiene el derecho a definir sus propias normas de Convivencias, entre otras especificaciones.



La Convivencia Escolar, forma parte de la formación general de las personas y el Establecimiento como servicio educativo que tiene como principal misión colaborar y reforzar los valores entregados por la familia de los alumnos y alumnas.
El enfoque formativo de la Convivencia Escolar, contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo del conocimiento, habilidades y actitudes que permiten formar sujetos autónomos, capaces de tomar decisiones personales y de anticiparse a situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la Convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción de riesgo, no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para actuar anticipadamente.
Este Reglamento cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores educativos (Estudiantes, Docentes, Asistentes de la Educación, Padres y Apoderados) emprenden y emprenderán a favor de la formación y ejercicio de los valores de convivencia en la cultura escolar.
La Convivencia Escolar es por lo tanto una construcción colectiva y dinámica, en donde todos los niños y niñas son sujetos de derecho, en donde el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en la relación con otros de acuerdo a los roles y funciones que desarrollan en la Comunidad Educativa, privilegiándose el respeto y protección de la vida privada y pública.

ARTÍCULO Nº 1:

Para que todos los niños y niñas que ingresan al establecimiento educacional ESCUELA F 53 “PEDRO DE OÑA" de la Comuna de Purén, permanezcan en él, recibiendo un trato digno, de respeto a su persona y logren un sentido de pertenencia e identidad con el establecimiento se requiere del compromiso, colaboración, responsabilidad y participación de todas las personas que integran la comunidad  educativa.
Nuestra Misión y Compromiso como Institución es Educar en calidad y equidad a todos los hijos de las familias de diferentes estratos sociales, económicos y culturales de la comuna de Purén y sus alrededores. En un ambiente estructurado que permita que nuestros alumnos asistan motivados a su escuela,  donde se sientan libres para expresar y mostrar sus habilidades y destrezas artísticas, deportivas y  culturales. Todo esto mediante un Proceso de Educación participativa, innovadora e integradora dirigido a producir aprendizajes significativos y fundamentales utilizando los avances tecnológicos, desarrollados en un clima de respeto mutuo, con igualdad de oportunidades para todos, aceptando las diferencias individuales y basando todo el que hacer educativo en los principios de Calidad, que les permitan proyectarse con éxito en la Enseñanza Media.

ARTÍCULO Nº 2:

En coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos Aprendizaje Transversales que promueve la Reforma Educacional, los principios y valores que el Establecimiento fortalece y fortalecerá para el desarrollo personal e integral de las alumnas y alumnos son:

1
Respeto: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de relacionarse con todos los miembros de la Comunidad Educativa en forma afectiva y grata, basándose en el principio que establece que la fuente del respeto a los demás, es el respeto consigo mismo.
2
Responsabilidad: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de comprometerse y cumplir eficientemente con los objetivos que plantea la Comunidad Educativa a través de sus actitudes y relaciones interpersonales reflejadas consigo mismo y con sus semejantes.
3
Autoestima: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de construir una valoración positiva y realista sobre mismo, su grupo y Escuela, evidenciando conocimientos, habilidades y actitudes consecuentes.
4
Compromiso: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de identificarse con el que hacer y propósito de la Escuela F 53 “Pedro de Oña”, esforzándose para alcanzar los ideales del Establecimiento y cumplir con sus obligaciones en los horarios, plazos y fechas convenidas.
5
Honestidad: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de actuar con trasparencia de acuerdo a los propios principios y valores, que promueve la familia y la Comunidad Educativa.
6
Solidaridad: Cada alumno y alumna debe tener la capacidad de entregar basado en metas e intereses comunes a otros individuos pensando en estos como sus semejantes.
7
Empatía: Cada alumno y alumna debe contar con una capacidad cognitiva de percibir en un contexto común lo que otro individuo puede sentir.
8
Compañerismo: Cada alumno y alumna debe Ser buen compañero(a) buscando comprender, apoyar y ayudar a los demás sin buscar algo a cambio.
9
Participación: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de colaborar entusiastamente en las tareas que promueve la Comunidad Educativa sean de índole escolar, recreativa, social o cultural.
10
Interculturalidad: Cada alumno y alumna debe ser capaz de valorar el aporte de la cultura Mapuche a  nuestra identidad comunal y nacional.
11
Sustentabilidad Ambiental / Social: Cada alumno y alumna debe ser capaz de desarrollar en el presente una cultura sobre el uso de los recursos RR.NN. y la calidad de vida.

 

ARTÍCULO Nº 3:

Junto a los alumnos (as), los padres, auxiliares, personal administrativo, asistentes de la Educación, profesores y directivos, pretenden con estas normas lograr una sana Convivencia en el Establecimiento, que surgen de los acuerdos alcanzados por la misma comunidad educativa. En este sentido la disciplina cumple un importante rol para los alumnos (as) y las personas que educativa y pedagógicamente (directivos, profesores y personal) tienen el deber de velar por  la confianza que han depositado las familias en el establecimiento.

 

ARTÍCULO Nº 4:

Marco Regulatorio Educación Parvularia (Art. 28, Ley General N° 20.370):
La Educación Parvularia fomentará el desarrollo integral de los niños y niñas y promoverá los aprendizajes, conocimientos, habilidades y actitudes que les permitan:
a)    Valerse por sí mismos en el ámbito escolar y familiar, asumiendo conductas de autocuidado y de cuidados de los otros y del entorno.
b)   Apreciar sus capacidades y características personales.
c)    Desarrollar su capacidad motora y valorar el cuidado del propio cuerpo.
d)   Relacionarse con niños y adultos cercanos en forma armoniosa, estableciendo vínculos de confianza, afecto, colaboración y pertenencia.
e)   Desarrollar actitudes de respeto y aceptación de la diversidad social, étnica, cultural, religiosa y física.
f)    Comunicar vivencias, emociones, sentimientos, necesidades e ideas por medio del lenguaje verbal y corporal.
g)   Contar y usar los números para resolver problemas cotidianos simples.
h)   Reconocer que el lenguaje escrito ofrece oportunidades para comunicarse, informarse y recrearse.
i)     Explorar y conocer el medio natural y social, apreciando su riqueza y manteniendo una actitud de respeto y cuidado del entorno.
j)    Desarrollar su curiosidad, creatividad e interés por conocer.
k)   Desarrollar actitudes y hábitos que les faciliten seguir aprendiendo en los siguientes niveles educativos.
l)     Expresarse libre y creativamente a través de diferentes lenguajes artísticos.

 

ARTÍCULO Nº 5:

Marco Regulatorio Educación Básica (Art. 29, Ley General N° 20.370)
La Educación Básica en el ámbito personal y social:
a)   Desarrollarse en los ámbitos moral, espiritual, intelectual, afectivo y físico de acuerdo a su edad.
b)  Desarrollar una autoestima positiva y confianza en sí mismos.
c)   Actuar de acuerdo con valores y normas de convivencia cívica, pacífica, conocer sus derechos y responsabilidades y asumir compromisos consigo mismo y con los otros.
d)   Reconocer y respetar la diversidad cultural, religiosa y étnica y las diferencias entre las personas, así como la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, y desarrollar capacidades de empatía con los otros.
e)   Trabajar individualmente y en equipo, con esfuerzo, perseverancia, responsabilidad y tolerancia a la frustración.
f)   Practicar actividad física adecuada a sus intereses y aptitudes.
g)   Adquirir hábitos de higiene y cuidado del propio cuerpo y la salud.
TITULO II DE LOS FINES EDUCATIVOS

ARTÍCULO Nº 6:

La presente normativa regula el sistema de Convivencia y el Comportamiento Disciplinario de las alumnas y alumnos de la Escuela “F-53  Pedro de Oña”.
Con este propósito esta normativa tiene como fines educativos:
1
Respetar y valorar las ideas y creencias distintas de las propias y reconocer el dialogo como fuente permanente de humanización, de superación de diferencias y de aproximación a la verdad.
2
Fortalecer una identidad positiva en relación con el trabajo y rendimiento escolar.
3
Desarrollar la capacidad de esfuerzo y la perseverancia como factores personales claves de metas propuestas.
4
Promover una adecuada autoestima, la confianza en sí mismo y un sentido positivo de la vida.
5
Desarrollar la capacidad de resolver problemas, la creatividad y la capacidad de autoaprendizaje.
6
Reconocer conductas y actitudes que favorezcan la Convivencia Escolar tales como: Respeto, responsabilidad, tolerancia y solidaridad.
7
Valorar la atención, la escucha activa y dialogo como medio y como clima fundamental en la resolución de problemas.
8
Profundizar la reflexión respeto de las inquietudes y sentimientos relacionados con los cambios físicos favoreciendo la captación y valoración de sí mismo y de los demás.
9
Desarrollar competencias para participar de manera activa y con iniciativa en la vida del curso y de la escuela.
10
Promover la creación de un programa de mediación Escolar.


ARTICULO Nº 7:

La admisión de los alumnos y alumnas es competencia de la Dirección quien velará por el derecho de educación de nuevo miembro al Establecimiento Educacional, siempre y cuando existan vacantes para el nivel que se requiere. La decisión de asegurar este derecho  estará determinada por un equipo, integrado por un representante de Coordinación Académica e  Inspector general quienes  a la vista de los requisitos señalados, verifique que éstos se cumplen. Es una misión también de la Dirección informar tanto al alumno o alumna como al apoderado de las líneas generales del Proyecto Educativo y del presente Manual de Convivencia Escolar. Para asegurar lo anterior, los apoderados(as) nuevos y antiguos serán convocados al finalizar el año y/ o al inicio del  lectivo a una reunión con el fin que conozcan nuestro PEI y Manuales respectivos.

ARTICULO Nº 8:

REQUISITOS GENERALES.


1
Presentar dos apoderados. Uno de los cuales debe ser familiar directo del alumno o alumna.
2
Los alumnos y alumnas que postulen de otros colegios deberán presentarse a una entrevista junto a sus padres y/o tutores con la Dirección (pudiendo ser el Inspector General, la Coordinadora Académica o Director).

ARTICULO Nº 9:

DOCUMENTACIÓN.


1
Certificado de Nacimiento.
2
Informe de Calificaciones, correspondientes al periodo en que está postulando.
3
Informe de desarrollo personal.
4
Fichas elaboradas por el establecimiento, en la que el apoderado solicita participar en el proceso de matrícula.

ARTICULO Nº 10:

MATRÍCULA.

Para matricular a un alumno (a) se procederá de acuerdo al siguiente protocolo y cumplimiento de los siguientes requisitos:
1
La matrícula deberá efectuarse en los plazos dados por la Dirección del Establecimiento, esta matricula será gratuita y tendrá derecho todo niño en edad escolar.
2
Los apoderados de los alumnos nuevos deberán presentar obligatoriamente y en original, los siguientes documentos al momento de la matrícula o a posteriori:
·         Certificado de nacimiento.
·         Certificado de estudios de todos los años anteriores correspondientes al nivel.
·         Informe de personalidad.
·         Certificado médico en caso de eximición de Educación Física.
·         En caso de ser alumno prioritario deberá presentar la carta del MINEDUC que acredite tal condición.
·         Ficha de protección social.
·         Los alumnos y alumnas deberán ser matriculados por sus padres y/o apoderados, exclusivamente.

ARTICULO Nº 11:

Cuando el apoderado no sea uno de los padres, deberá ser mayor de edad y contar con la autorización escrita del padre o de la madre según sea el caso. No podrán desempeñarse como apoderados los funcionarios del Establecimiento, excepto de tratarse de familiares directos.
Debido a fines prácticos, se requerirá de un apoderado suplente.

TITULO IV DE LOS DERECHOS, DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

ARTÍCULO Nº 12:

La Escuela F 53 “Pedro de Oña” reconoce y garantiza y ofrecerá a los alumnos y alumnas, las instancias que le permitan ejercer todos los derechos como personas:
1
Conocer el Proyecto Educativo de la Escuela y las normativas que rigen la convivencia escolar, emanadas de este Reglamento, el cual se dará a conocer los primeros días de clases del año lectivo.
2
Conocer los Objetivos Fundamentales verticales y transversales, correspondientes a su nivel.
3
Recibir orientación personal que le permita el conocimiento de sí mismo(a) y de su entorno, de parte de los profesionales de la Escuela.
Calendarizar en todos los niveles.
4
Realizarse como persona de acuerdo con sus aptitudes y capacidades, a través de actividades curriculares y de libre elección, tanto dentro del horario de clases como fuera.
Hecho JEC. para todos los talleres masivos (coro, folklor, etc.)
5
Incorporarse  a actividades  (intelectuales, sociales, artísticas, deportivas, culturales que la escuela ofrezca) de acuerdo a sus  intereses. (Dentro del horario JEC.)
6
Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa.
7
Estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus  capacidades, conocimientos.
8
Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar.
9
Los estudiantes  tendrán derecho a una educación de calidad, respetando sus Diferencias individuales.
10
A estudiar en un ambiente armónico, de sana convivencia, tolerancia y respeto mutuo.
11
A recibir un trato preferencial en el caso de tener necesidades educativas especiales, y a acceder a orientación que facilite sus opciones en materias educacionales.
12
Recibir una educación pertinente, relevante y significativa a los estudiantes con mayor riesgo de fracaso y deserción escolar que presentan NEE de carácter permanentes y transitorias.
Ampliar atención de los alumnos que no son atendidos por cupos del programa.
Ampliar al 100% la atención a los alumnos destacados.
13
Usar todas las dependencias del Establecimiento, adecuadas para su trabajo diario (aulas salas de clases, biblioteca, laboratorio, sala de computación, comedor, etc.), haciendo uso responsable, cuidadoso y respetuoso de la infraestructura del de la Escuela y mobiliario, como de otros elementos tanto en el taller de computación, laboratorio de inglés y/o cualquier otro espacio que incluya algún material audiovisual, tanto dentro del aula como fuera de ella.
14
Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad en conformidad con los principios y valores fijados en el PEI.
15
Ser protagonista de sus aprendizajes y procesos en la construcción del conocimiento.
16
Que su rendimiento escolar sea valorado con objetividad.
17
Recibir oportunamente estímulos por sus actitudes y aptitudes.
18
Ser atendido en los reclamos y solicitudes particulares que se hagan a través del conducto regular.
19
Representar dignamente a la institución en actividades deportivas, culturales, académicas culturales con previa autorización de la escuela, padres y apoderados.
20
Recibir asistencialidad de JUNAEB de acuerdo a su nivel socioeconómico.
21
Utilizar el beneficio del Seguro Escolar en caso de accidente (dentro del establecimiento,  durante el trayecto hacia y desde la escuela).
22
Ser valorado/a con objetividad en sus proyectos y actividades pedagógicas.
23
Presentar las evaluaciones y trabajos realizados durante su ausencia dentro tres días hábiles siguientes.
24
Expresar sus puntos de vista respetando el pensamiento divergente y la dignidad del otro.
25
Conocer las observaciones conductuales registradas en su hoja de vida.
26
A que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.
27
A recibir de sus docentes un trato justo, ecuánime y respetuoso y a contar con la presencia de los mismos durante el tiempo completo de la clase.
28
A que se le explicite en todos los casos el motivo de las eventuales sanciones que se le apliquen.
29
Recibir un trato respetuoso y deferente de todos los integrantes de la comunidad educativa.
30
En caso de embarazo, las alumnas podrán continuar sus estudios en el establecimiento teniendo las facilidades que la situación amerite (Ley N° 19.688 del 5 de agosto del 2000, del Ministerio de Educación).

ARTICULO Nº 13:

Todos los alumnos y alumnas tienen derecho a rendir las evaluaciones realizadas en su ausencia, siempre que ésta haya sido justificada en situaciones particulares e imprevistas (fallecimiento de familiares directos u otras de fuerza mayor) y en caso de enfermedad debe presentar certificado médico.
Las evoluciones deben ser tomadas durante los primeros 15 días, consensuando con el alumno(a) fecha-hora-lugar. (Fuera de su horario de clases, idealmente quien aplique esta evaluación sea el profesor de la asignatura.

ARTICULO Nº 14:

Los alumnos desde 4º a 8º año básico rendirán sus evaluaciones pendientes en horario extra. La fecha y hora será avisada mediante comunicación escrita en su agenda escolar. De no ser rendida la evaluación en la fecha comunicada y sin mediar justificación alguna, el profesor (a)  deberá aplicar nota mínima de acuerdo al reglamento de evaluación.

ARTICULO Nº 15:

Las salidas a terreno son actividades de carácter pedagógico y suponen uso de un día lectivo, previa presentación del proyecto en duplicado a la Coordinación Académica con 30 días hábiles. La Coordinación Académica enviará al Departamento de Educación dicho proyecto con el fin que solicite autorización al Departamento Provincial, con previa autorización del apoderado, la cual quedará en Inspectoría. (Desde Pre-Kínder a 8°)

La dirección de la Escuela no permite los paseos de finalización de año escolar.


ARTÍCULO Nº 16:

El uso del uniforme escolar y del equipo de gimnasia, para el establecimiento es obligatorio, fue aprobado  con acuerdo de los distintos estamentos de la comunidad educativa y del Consejo Escolar:
a)   El Consejo de Profesores.
b)  El Centro de Padres y Apoderados.

 

ARTÍCULONº 17:

De este modo el Director del establecimiento establece como obligatorio el Uniforme, de acuerdo a las siguientes características:
Para la Damas:
o  Falda de color plomo escocesa,  con un largo adecuado (Hasta la rodilla).
o  Polera blanca con distintivo de la escuela, cuello pique color azul marino con guardas mostazas.
o  Calcetas color plomo, en meses de frío ballerina ploma y/o pantalón azul marino corte recto.
o  Sweater  azul marino con cuello en V, y guardas mostaza, cerrado.
o  Zapatos negros colegial, sin plataforma ni tacones.
Para los Varones:
o   Polera blanca con cuello pique, con distintivo de la escuela.
o   Pantalón plomo, corte recto.
o   Sweater azul marino con cuello en V, y guardas mostaza.
o   Párvulos complementan con cotona, zapatos negros.(Opción con buzo todo el año)
El uniforme para educación física es: Buzo modelo oficial de la escuela, polera blanca cuello redondo.

Otras consideraciones
1
Tanto damas como varones, podrán hacer uso de casaca softshel y jockey, entregados por la escuela
2
En época de Invierno y/o cuando el tempo lo requiera se podrá hacer uso de parkas color azul marino, de lo contrario deberá informar previamente a Inspectoría.
3
Los estudiantes deberán hacer uso en el establecimiento de un delantal cuadrille azul (damas) y de una cotona (varones). (Exclusivo para asignaturas en las cuales trabajan con materiales que afecten a la limpieza del uniforme).
4
Los estudiantes desde NT1 a 3° básico, estarán autorizados a asistir diariamente con el buzo de la escuela y zapatillas.
5
Uso de zapatillas: Se pide que los estudiantes usen zapatillas deportivas ad hoc (no zapatillas planas, ya que estas últimas no están  diseñadas para cumplir con los requerimientos deportivos de la Escuela).
En caso que un alumno o alumna tenga problema, en cuanto al uniforme escolar, su apoderado debe dirigirse a la  Inspectoría de la Escuela para analizar su situación.

TITULO VI DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES  DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DEBERES Y DERECHOS DE LOS INTEGRANTES DE LA UNIDAD EDUCATIVA
Junto con reconocer los derechos fundamentales de los alumnos y alumnas, existen deberes que éstos deben cumplir en su vida estudiantil.
Los deberes indican una forma de comportamiento positivo de los alumnos y alumnas, por lo que su incumplimiento, determinará la aplicación de sanciones de tipo:
o   Falta Leve,
o   Falta Grave
o   Falta Gravísima.

ARTICULO Nº 18:

Son deberes de los alumnos y alumnas de la Escuela:

PRESENTACIÓN PERSONAL.

1
Deben cuidar en todo momento el orden y limpieza de su vestuario escolar. El uniforme es de uso diario.
Es obligatorio el uso del delantal desde Pre-Kínder a  4° básico.
2
Las alumnas deben asistir sin maquillaje  en el rostro a clases, las uñas deben ser cortas y limpias, y sin pintura, deberán mantener su cabello tomado dentro y fuera de la sala, peinado y sin utilizar estilos de tinturas.
3
Los alumnos deberán mantener una presentación acorde a sus actividades escolares, por eso los varones deben vestir su uniforme completo, con corte de pelo más arriba del cuello de la polera, dejando descubiertas las orejas, evitando cortes y peinados extravagantes (corte colegial clásico y no de fantasía) manteniéndose bien peinado y su rostro rasurado y sin utilizar estilos de tinturas, según sea el caso.
4
Los estudiantes no deberán portar joyas ni adornos, el Establecimiento no se responsabiliza por pérdidas o sustracción de éstos(as). Tampoco se aceptará el uso de anillos, aros o piercing en el rostro o cuerpo, ni colgantes, pulseras u otro accesorio decorativo que no corresponda al ámbito educativo. Se exceptúan de esta norma las cadenas sencillas.

En todo momento, tanto dentro y fuera de la escuela los estudiantes deben hace buen uso del uniforme escolar, ya que representan a su escuela.

ASISTENCIA

1
Los alumnos y alumnas deben asistir regularmente a clases, evitando los atrasos. Asistir diariamente a sus labores escolares cumpliendo puntualidad en los horarios, la jornada escolar se inicia a las 08:30 hrs. (en la sala de clases) y termina a las 16:00 horas de lunes a jueves y día viernes de 08:30hrs. (En la sala de clases) a 13:30 para los alumnos(as) de 1°a 8°año.
El horario de NT1 y NT2 es de 8:30 a 13:30 hrs y de 14: a 18:00 hrs.
El horario de 1° y año es de 8:30 a 12:30hrs y de 13:30 a 16:00 hrs.
El horario de 2° Nivel de Transición es de 08:30 a 12:30 hrs.
2
La inasistencia a clases debe ser justificada por el apoderado, inmediatamente junto al escolar cuando ser e integre, en forma escrita o personalmente.
3
Las inasistencias prolongadas, de más de una semana deberán ser justificadas por el apoderado y acompañadas por un certificado médico.
4
Los alumnos(a) que no realicen clases de Educación Física deberán presentar al profesor(a) el justificativo firmado por su apoderado explicando las causales del impedimento para realizar dicha clase, la segunda inasistencia deberá ser justificada en forma personal por el apoderado.
5
La puntualidad y asistencia a clases en días extraordinarios, por recuperación,  actos y/o efemérides, son de carácter obligatorio.

PUNTUALIDAD

Los alumnos deberán cumplir estrictamente el horario establecido en el Plan Anual Operativo de la escuela. Esta exigencia implica puntualidad en las horas de llegada al establecimiento y a las salas de clases.
1
Los alumnos(as) desde NT 1º a 8º que lleguen atrasados después del cierre de la puerta, solo podrán ingresar al establecimiento con su respectivo “pase”, entregado en la recepción.
2
Los alumnos(as) que cumplan 3 o más atrasos en la semana deberán presentarse con su apoderado el día siguiente y hora que Inspectoría determine, a fin de comprometerse a no repetir dicha falta.
3
Los alumnos(as) deberán respetar el toque de timbre  o campana para concurrir a la formación y/o sala de clases y horario de almuerzo.

DISCIPLINA

1
Los estudiantes deben respetarse y respetar a toda la Comunidad Educativa y colaborar con ellos en la creación de un clima de sana convivencia y solidaridad que favorezca el trabajo escolar.
2
Los alumnos(as) deben manifestar siempre buenos modales y cortesía tales como: saludar, solicitar “por favor”, pedir permiso, contestar correctamente, etc.
3
Los alumnos(as) dentro de la sala de clases deben tener un comportamiento correcto, evitando el desorden por intermedio de gritos, sobre nombres, bromas, chistes, palabras gestos obscenos y otros.
4
Los juegos y actividades recreativas no deben ser bruscos, evitando así daños a su integridad física, la de sus compañeros, funcionarios del establecimiento y/o daños a bienes muebles.
5
Deberán hacer uso correcto de todas las dependencias del Establecimiento.
6
La acción comprobada de sus traer o deteriorar un material será sancionado con la medida disciplinaria correspondiente.
7
Queda prohibido a los alumnos(as) manipular las instalaciones eléctricas, cañerías, extintores u otro bien mueble que implique peligro para la integridad del estudiante, sus pares o personal de la Escuela.
8
Todo alumno(a) que adultere algún instrumento público (notas en libros de clases, Informes Educacionales, comunicaciones falsificación de firma, u otros), serán sancionados de acuerdo a las medidas disciplinarias que contempla el presente Reglamento.

ARTÍCULO N° 19:

COMPORTAMIENTO Y NORMAS DE CONVIVENCIA.

1
En la escuela y en sus alrededores, usando el uniforme, están prohibidas las manifestaciones amorosas propias del pololeo. La autorización de los padres no exime de esta prohibición.
2
Será considerada falta grave ausentarse injustificadamente de la sala de clases o salir del establecimiento antes del término de la jornada.
3
Los alumnos no podrán abandonar la sala de clases al término de una prueba.
4
Durante la jornada de trabajo, ningún alumno(a) puede hacer abandono del Establecimiento, salvo que el apoderado concurra personalmente a retirarlo o se cuente con la autorización respectiva de la Dirección, en cualquier caso quedará constancia de situación en el libro de salida respectivo.
5
Durante los recreos, los alumnos deben hacer abandono de sus salas. Tanto los patios como pasillos no pueden ser utilizados para juegos violentos que puedan causar daño a sus compañeros(as), docentes, directivos y/o asistentes de la educación.
6
Queda estrictamente prohibido que los alumnos(as) porten objetos de valor como joyas, dinero, juguetes, celulares, mp3, mp4, notebook, netbook, Tablet, Bazucas u otros. El Establecimiento no se responsabiliza por la pérdida de éstos.
7
Queda estrictamente prohibido que los alumnos(as) porten elementos corto punzantes: como cuchillos, corta cartones, corta plumas u otros que puedan dañar su integridad física o la de sus pares.
8
Mantener el saludo y despedida como señal de educación y cortesía.
9
Fomentar y mantener las buenas relaciones con sus compañeros profesores y asistentes de la educación, un vocabulario que demuestre respeto hacia las personas y en general con la Comunidad educativa. Estas actitudes deben cultivarse y demostrar no solo dentro del Establecimiento, sino también fuera de ella.
10
Todo alumno debe cooperar en el mantenimiento del aseo, resguardando y conservando en buen estado los bienes materiales del establecimiento; es así, que se estima que la designación de “semanero(a)” viene a contribuir con lo anterior, tal y como lo estipula  uno de nuestros principios del PEI: sustentabilidad ambiental.
11
Mantener buenos hábitos y modales en el desayuno, almuerzo, actos, formaciones, instancias que impliquen compartir en comunidad.

ARTÍCULO Nº 20:

NORMAS TÉCNICO PEDAGÓGICAS.

1
Todo alumno (a) debe cumplir con sus deberes escolares (tareas, trabajos, estudios, normativa de Educación Física, etc.).
2
Es obligación del alumno (a) mantener sus cuadernos, cuadernillos con las materias al día y ordenadas, mantener el cuidado y orden de sus útiles escolares, además de traer materiales de trabajo solicitados en cada asignatura.
3
Los alumnos (as) deben cumplir con la fecha fijada para las evaluaciones y la entrega de sus trabajos.
4
Los alumnos deben presentarse debidamente preparados para rendir sus pruebas o interrogaciones u otro tipo de evaluación.
5
Los alumnos (as) que no asisten a las pruebas programadas deberán rendirlas en la fecha que le fije el profesor (a) de la asignatura de Aprendizaje.
6
El alumno (a) deberá presentarse a clases con sus materiales y textos de estudios correspondiente al horario.
7
Llevar consigo siempre su libreta de comunicaciones y/o agenda.
8
La escuela  no informará notas, fechas de pruebas u otros telefónicamente ni a  través de correos u otro medio.
9
El apoderado tiene la obligación de informarse personalmente sobre el Proceso  Aprendizaje de su hijo (a) a través de las reuniones, libreta de comunicaciones o entrevista al profesor (a) pertinente (hora de atención de apoderados) o cuando el profesor lo estime conveniente.
10
Es obligación de los alumnos (as) ponerse al día en sus materias y trabajos en caso de ausencias, inmediatamente.
11
Todos los alumnos (as) que requieran evaluación diferencial, deberán tener un informe del especialista que acredite dicha situación.
12
Los alumnos (as) que se ausenten de clases por problemas médicos, deberán presentar el certificado correspondiente inmediatamente al reintegrarse a clase.
13
La eximición de Inglés, Religión y/o educación física, no implica que el alumno (a) deba abandonar la sala de clases solo lo exime de la evaluación.
14
Los alumnos (as) que no realicen la asignatura de Educación Física deberán presentar al profesor (a), el justificativo firmado por su apoderado explicando las causales del impedimento para realizar dicha  asignatura en ese día en particular.

ARTÍCULO Nº 21:

Deberes de los padres, madres y/o  apoderados:
1
Educar a sus hijos e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del Establecimiento.
2
Apoyar diariamente el Proceso Educativo de su hijo (a).
3
Cumplir con los compromisos asumidos con el Establecimiento Educacional.
4
Respetar y cumplir con la Normativa Interna del Proyecto Educativo Institucional.
5
Mantener siempre un trato respetuoso con todos los integrantes de la Comunidad Educativa y deferente.
6
Mantener un clima de respeto y armonía con toda la Comunidad Educativa, dentro y fuera del Establecimiento.
7
Asistir a todas las reuniones y entrevistas que sean citados por el Establecimiento.
8
En caso necesario entregar el apoyo específico que el alumno (a) requiera o tratamiento con algún Especialista.
9
Revisar diariamente la agenda/libreta de comunicaciones y firmarla cuando corresponda.
10
Revisar tareas y velar por el cumplimiento de ellas.
11
Solicitar horario de entrevista con el profesor(a) jefe y/o profesor de asignatura; en el caso del profesor(a) jefe, debe realizarse a lo menos una vez al semestre con el fin de ir monitoreando en proceso de enseñanza y aprendizaje del alumno (a).
12
Participar en todas las actividades programadas por el Establecimiento, tanto curriculares como extracurriculares.
13
Acatar sugerencias e indicaciones que se la haga desde el  Establecimiento.
14
Mantener una Actitud de diálogo para lograr una mejor y más efectiva participación y colaboración en el proceso educativo del alumno (a).
15
Conocer y comprometerse a respetar reglamentos y disposiciones (contenidos en Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, Reglamento de Evaluación, entre otros) adoptados por la Escuela. (Un reglamento por curso y departamento).
16
Exigir a su pupilo cumplimiento de las normas del colegio.
17
Matricular personalmente a su pupilo completando ficha y comunicar de inmediato nombre del apoderado titular y del suplente.
18
Comunicar oportunamente y por escrito cualquier cambio de domicilio y/o teléfono durante el año.
19
Justificar personalmente  inasistencias  de su pupilo, teniendo como plazo máximo hasta la hora de inicio de la jornada siguiente a la inasistencia.
20
Responsabilizarse de las inasistencias de su pupilo, poniendo al día de los contenidos tratados por el profesor(a) durante la ausencia a clases.
21
Justificar personalmente en Inspectoría  toda inasistencia a reuniones de Padres y Apoderados y/o a cualquier citación que se le formule, teniendo como plazo máximo la hora de inicio de la jornada siguiente a la inasistencia.
22
Respetar el conducto regular ante problemas disciplinarios y /o de rendimiento  cuando corresponda:
a)  Profesor de asignatura.
b) Profesor tutor.
c) Profesor jefe.
d) Orientación.
e) Coordinación Parvulario.
f) Coordinación  1° ciclo.
g) Coordinación 2° ciclo.
h) Coordinación Académica.
i) Inspectoría General.
j)  Dirección.
23
Asistir con puntualidad y regularidad a las reuniones que fuere citado por:
a) Dirección.
b) Inspectoría General.
c) Coordinación Académica.
d) Orientación.
e)  Profesor(a) Jefe.
f)  Profesor de Asignatura.
24
Tomar conocimiento y respetar estrictamente los horarios de atención de apoderados (as)  dados a conocer oportunamente por las diferentes instancias directivas y docentes.
25
Conocer y respetar los criterios administrativos y metodológicos aplicados en los reglamentos evaluativos dispuestos por la Escuela en los procesos de Enseñanza – Aprendizaje.
26
Respetar su propia decisión en la opción de la asignatura de Religión, evitando los retiros durante el proceso del año lectivo.
27
Preocuparse que el alumno (a) desarrolle diariamente sus deberes escolares: tareas, repaso y profundización de las materias.
28
Cerciorarse de que el alumno (a) se presente con sus materiales y útiles necesarios para el desarrollo de cada asignatura.
29
Fortalecer la responsabilidad del alumno (a), no trayéndole a la Escuela materiales, útiles, trabajos u otros que hayan sido olvidados en la casa o en otro lugar, principalmente, dinero.
30
Informarse periódicamente del Rendimiento Académico de su      pupilo (a).
31
Aceptar el Reglamento de Evaluación con respecto al Rendimiento Escolar de su hijo (a).
32
Retirar del Establecimiento personalmente a su pupilo (a) cuando sea estrictamente necesario y firmar el Registro de Salidas del        alumno (a).
33
Cualquier retiro fuera de horario debe ser realizado personalmente por el apoderado y teniendo siempre presente que las inasistencias reiteradas perjudican los procesos de aprendizaje y cuando los porcentajes de asistencia son inferiores al 85% el alumno repetirá curso.
34
Respetar los horarios de salida de los alumnos (as), retirándolos puntualmente.
35
No permitir que el alumno (a) traiga a la escuela objetos de valor (celulares, reproductores de sonido, radios, cámaras de video, cámaras fotográficas, juegos electrónicos, etc.); dinero que exceda lo requerido para uso personal. El establecimiento no se hace responsable ante una eventual pérdida.
36
Firmar oportunamente todas  las comunicaciones  y/o  autorizaciones que se le envíen.
37
Preocuparse y velar por la correcta presentación de su pupilo (a).
38
No interrumpir el normal desarrollo de las clases. Los apoderados sólo accederán al área Administrativa de la escuela.
39
No ingresar a las salas de clases durante la Jornada Escolar.
40
Evitar conversar con el Profesor en horarios no establecidos, (Salida y Entrada de clases) formalizando la petición de entrevista con anticipación.
41
Los Certificados Médicos deberán ser entregados en Recepción.
42
Solicitar atención administrativa sólo en los siguientes horarios: 8.30 a 16.00 hrs. respetando la hora de colación.
43
Devolver o cancelar en su valor actual las especies o bienes dañados o desaparecidos, como consecuencia de la actuación incorrecta de sus pupilos (a), como asimismo los gastos por daños a las personas y a sus bienes.

ARTÍCULO Nº 22:

Derechos de los Profesionales de la Educación:
1
Trabajar en un ambiente armónico y tolerante.
2
No sufrir tratos vejatorios.
3
Proponer iniciativas para el progreso del Establecimiento
4
Recibir colaboración por parte de toda la Comunidad Educativa en su tarea.

ARTÍCULO Nº 23:

Deberes de los Profesionales de la Educación.
1
Ejercer la función docente en forma idónea y responsable.
2
Orientar vocacionalmente a sus alumnos (a) cuando corresponda.
3
Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.
4
Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio.
5
Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de los alumnos y alumnas, y tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.
6
Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.
7
Cumplir con horarios de entrada a clases.

ARTÍCULO Nº 24:

Derechos de los Asistentes de la Educación.
1
Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes; a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la Comunidad educativa.
2
Participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.
3
Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes.
4
Recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la Comunidad Educativa.
5
Poder ser partícipe de todos los concejos de profesores.
6
Llevar una hoja de registro con el horario de llegada a la sala de clases por parte de los profesores, la cual deberá ser firmada.

ARTÍCULO Nº 25:

Son deberes de los asistentes de la educación.
1
Ejercer su función en forma idónea y responsable.
2
Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan.
3
Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la Comunidad Educativa.

ARTÍCULO Nº 26:

Los Equipos Docentes Directivos de los Establecimientos Educacionales tienen derecho a:

1
Conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen.
2
Liderar los establecimientos a su cargo, sobre la base de sus responsabilidades y propender a elevar la calidad de éstos.
3
Desarrollarse profesionalmente.
4
Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen. Para el mejor cumplimiento de estos objetivos los miembros de estos equipos de los establecimientos  que reciben aportes del Estado deberán realizar supervisión pedagógica en el aula. Los derechos y deberes  anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda.
5
Cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen.

ARTÍCULO N° 27:

Se prohíbe a los alumnos y alumnas de la escuela:

1
Portar armas de fuego o corto punzantes (armas blancas) y también el uso de herramientas que tengan estas características.
2
No está permitido usar teléfonos celulares, notebook, cámaras fotográficas, etc.  En horas de clases, talleres y/o actos oficiales de la escuela. La escuela  no se hace responsable por la pérdida y/o deterioro de dichos aparatos.
3
No están permitidos los audífonos y parlantes  de música en la sala de clases, salvo que tengan un fin pedagógico.
4
No se permite  fumar y/o beber           alcohol             dentro     del establecimiento o en las proximidades de este. Asimismo se prohíbe a los alumnos y alumnas presentarse a la Escuela bajo la influencia del alcohol u otro tipo de drogas.
5
Se prohíbe todo tipo de conductas tipificadas como delitos de acuerdo a la normativa legal vigente (Conductas de violencia física y verbal, bullying, grooming, tráfico y micro tráfico de drogas, acoso sexual, robos, hurtos, etc.).
6
Se prohíbe filmar, tomar fotografías, grabar audio al interior del establecimiento  sin la previa autorización de la o las personas involucradas en el hecho. Esta situación también contra viene la normativa legal vigente. (Se requisara el instrumento tecnológico y deberá ser retirado por el apoderado.)
7
Fuera del  horario de clases lectivas,   se prohíbe utilizar instalaciones y equipamiento de la escuela sin autorización de Inspectoría General. Se extiende esta prohibición para utilizar estas instalaciones y/o equipamiento para otros fines que no sean estrictamente académicos u otra actividad relacionada con el Perfil Académico de la escuela.
8
Se prohíbe cualquier tipo de manifestación afectivo/sexual dentro de la sala de clases, pasillos y en el establecimiento en general.
9
No se permitirá el ingreso de alumnos que no posean matrícula vigente en la escuela, sin previa autorización de Inspectoría General.


ARTÍCULO N° 28:

Se consideran faltas todas aquellas acciones que dificulten el logro de los objetivos propios de la Unidad Educativa y las que sean contrarias a los principios de convivencia del establecimiento, a las normas éticas o legales y a las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación.


ARTICULO N° 29:

Se consideran FALTAS LEVES: Son Faltas leves aquellas conductas, actitudes y comportamientos que transgreden las normas que regulan la convivencia y que, sin llegar a alterar ésta de manera significativa ni a causar mayor daño o perjuicio a sí mismo, a terceros de la Escuela, se apartan del perfil definido para los alumnos(as).
         NOTA: El registro de tres faltas leves se considerará como una falta grave.

a)   Llegar impuntualmente a la jornada escolar y a otras actividades pedagógicas.
b)   Usar en el aula objetos o aparatos tecnológicos no autorizados u otros elementos ajenos a la asignatura en desarrollo.
c)   Mostrar una inadecuada presentación e higiene personal.
d)   No usar o usar inadecuadamente el uniforme o buzo escolar según corresponda.
e)   No justificar debidamente la inasistencia a clases o el ingreso atrasado al Colegio.
f)   No presentar debidamente firmadas por los padres o apoderado las comunicaciones, citaciones y evaluaciones respecto de las cuales expresamente se ha requerido dicha firma.
g)   Interferir con el normal desarrollo de la clase. Entre otras conversar durante el desarrollo de la clase, molestar, levantarse sin permiso, distraer a otro compañero, hacer desorden con conductas indebidas o inapropiadas, comer o beber en clases, mascar chicle, Tirar papeles o basura.
h)   No trabajar en clases o no realizar los deberes y tareas asignadas.
i)    Incumplimiento en la fecha de entrega de trabajos.
j)    Incumplimiento de tareas y/o trabajos de investigación, sin textos de estudio en forma reiterada, no traer materiales solicitados con anterioridad.
k)   No dar cumplimiento a los requerimientos o compromisos asumidos frente al curso o al establecimiento.
l)     Incumplimiento en la fecha de entrega de trabaos.
m)  Salir de la sala durante el desarrollo de las clases sin autorización.
n)   La destrucción no intencionada de vidrios, mesas, escritorios u otros bienes de menor valor del establecimiento.
o)   Entrar a los servicios higiénicos que no le corresponden.
p)   Mentir frente a situaciones en las que se vea involucrado el propio alumno o un tercero.
q)   Utilizar sin autorización equipamiento o instalaciones del colegio

ARTICULO Nº 30:

Se consideran FALTAS GRAVES: Son Faltas Graves aquellas conductas, actitudes y comportamientos que transgreden las normas que regulan la convivencia perjudicando o alterando ésta de manera significativa o con repercusiones negativas para sí mismo, para terceros o para el establecimiento. Estas faltas serán sancionadas con alguna o algunas de las medidas disciplinarias establecidas.
         NOTA: El registro de dos faltas graves constituirán una falta gravísima.

a)     Inasistencia sin justificación a actividades académicas obligatorias de manera reiterada o ausentarse a horas de clases sin autorización estando dentro del establecimiento.
b)   Ofender o faltar al respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa ya sea de manera verbal, (decir improperios, groserías, etc.), gestual (gestos groseros o amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, comentarios etc.)
c)    Dañar, ensuciar y/o rayar infraestructura, materiales o bienes del establecimiento, de los compañeros o de cualquier miembro de la comunidad educativa.
d)   Intentar y/o copiar en prueba, exámenes, trabajos de investigación, etc. o de intentar y/o ayudar de cualquier forma en pruebas escritas u orales a otro compañero cuando no corresponda.
e)   Falta de respeto a los símbolos patrios y del establecimiento.
f)    No acatar una instrucción dada por el personal del establecimiento.
g)   Colusión para cometer actos contrarios al reglamento.
h)   Ausentarse, sin justificación, a actividades fuera de horario que impliquen representación oficial del establecimiento.
i)     Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa cuyos resultados no sean de la entidad para ser consideradas gravísimas.
j)    Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea que se realice o intente realizar a través de cualquier medio en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa.
k)   Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes o peyorativos, mofarse de características físicas, etc.) aun cuando el afectado consintiere en ello.
l)     Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
m)  Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de cualquier medio, como las redes sociales (twiter, Facebook, chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs), teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
n)    Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar
o)    Fumar al interior de las dependencias del establecimiento.
p)   Participar en actos propios de la política contingente o partidario dentro de los recintos del colegio o donde se realicen actividades curriculares, salvo que se trate de una actividad coordinada y organizada por el colegio con estrictos fines pedagógicos.
q)    Manifestarse de manera amorosa (pololear, “andar”, “poncear”) al interior de los recintos del establecimiento.

ARTICULO Nº 31:

Se consideran   FALTAS GRAVISIMAS: Son Faltas gravísimas aquellas conductas, actitudes y comportamientos que transgreden las normas que regulan la convivencia, causando un gravísimo perjuicio a la convivencia escolar o con muy serias repercusiones negativas para sí mismo, para terceros o para establecimiento o conductas tipificadas como delito. Estas faltas serán castigadas con alguna o algunas de las medidas o sanciones disciplinarias establecidas.
         NOTA: El registro de dos faltas graves, se considerará como una falta gravísima.

a)        Falsificación o alteración de algún tipo de documento en que incurra el alumno para su propio beneficio
b)        Adoptar conductas constitutivas de acoso escolar o bullying.
c)        Adoptar conductas sexualizadas o de acoso sexual al interior del establecimiento.
d)        Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa con resultado de lesiones.
e)        Adulterar, hurtar, robar, destruir o falsificar justificativos, notas o anotaciones en el Libro de Clases u otros documentos oficiales.
f)        Hurtar o robar, cualquier objeto o bien del establecimiento de propiedad de cualquier miembro de la comunidad educativa.-
g)        Calumniar o Levantar falso testimonio a miembros de la comunidad educativa
h)        Organizar y/o participar en actos vandálicos dentro o fuera del Establecimiento.
i)         Poseer o difundir material pornográfico dentro del establecimiento.
j)         Ingresar, portar, vender, comprar, distribuir y/o consumir bebidas alcohólicas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste. Si llegare un Alumno en estado de intemperancia, podrá ingresar al establecimiento, pero no a clases, y se llamará inmediatamente al Apoderado para que lo retire del establecimiento.
k)           Introducir al establecimiento o portar en sus dependencias cualquier implemento que pueda causar daño a los demás. En consecuencia queda prohibido portar armas de fuego verdaderas o falsas, de aire comprimido, armas cortantes, corto punzantes, contundentes y de cualquier otro tipo, artículos explosivos, corrosivos o peligrosos, como asimismo, cualquier otra sustancia o elemento que pongan en riesgo la seguridad propia, así como la de otras personas.
l)             Ingresar, portar, vender, comprar, traficar y/o consumir cualquier tipo de drogas, alcohol, sustancias psicotrópicas, entre otras,  al interior del establecimiento.
m)          Impedir por cualquier medio el ingreso al establecimiento de directivos, docentes, administrativos, auxiliares y Alumnos, salvo las actividades consideradas como tradición del establecimiento.
n)           Abandonar el establecimiento durante la jornada escolar sin la autorización correspondiente.
o)        Escribir frases pornográficas, palabras soeces o dentro de la índole (lista negra u otro), en paredes, mesas, sillas, estantes, casilleros, diarios murales o red digital (Internet) del establecimiento.
p)        Atentar gravemente contra la dignidad de cualquier miembro de la comunidad escolar mediante actitudes de acoso o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito;
q)        Participar en actividades violentas, tales como riñas o golpizas dentro del recinto escolar o comportamientos externos que atenten contra la dignidad de terceros o la imagen del establecimiento.
r)        Provocar daños graves a la propiedad privada, ya sea, del Colegio, de sus alumnos, de apoderados o de funcionarios, dentro o fuera del establecimiento.
s)        Comportarse inadecuadamente durante las salidas a terreno que impliquen un daño a personas, instituciones, medios de transporte, lugares visitados y/o al prestigio del establecimiento o país.
t)        Alterar las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de conductas individuales o colectiva de alumnos(as), y que atenten contra la integridad de terceros y de los bienes de la propiedad del establecimiento.

Observación
La suspensión por conducta implicará que el alumno (a) deberá realizar un trabajo extraordinario en su hogar, el cual será calificado por el profesor(a) correspondiente (jefe y/o Asignatura), cuando el alumno(a) se reintegre a clases. Esta sanción implica que el alumno (a) no podrá participar de ninguna actividad curricular o extracurricular durante el tiempo que dure la medida disciplinaria tomada.
En caso de que un alumno incurra en reiteradas faltas graves el Director junto al Consejo de Profesores podrán condicionar su matrícula quedando así el alumno(a) en observación por el resto del período escolar. En caso de no mejorar se le comunicará al apoderado que debe cambiarlo de escuela.
Cuando un alumno se excede en la gravedad de su conducta se hará un consejo de profesores antes de 48 hrs, ocurridos los hechos para analizar dicha situación y determinar si procede la cancelación de la matrícula. De ser así se dejará constancia en el acta de consejo y se notificará en forma escrita al apoderado y al Departamento Provincial de Educación.
Ÿ    Suspensión (3 a 9 días).
Ÿ    Matrícula condicionada.
Ÿ    Cancelación de la matrícula.

Comité de Sana Convivencia Escolar.

Existirá un Comité de Sana Convivencia Escolar, que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos:
a)                        La Dirección.
b)                       Los profesores (as).
c) Los alumnos (a).
d)                       Los padres y apoderados (as)
e)                        Los asistentes de la educación.
- Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.
- Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento y de Mediación Escolar.
- Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.
- Designar a uno o más encargados de convivencia escolar.
- Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar;
- Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.
- Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.
- Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.
- Informar periódicamente al Consejo de Profesores de las acciones que llevan a cabo en el establecimiento.
1.  Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a lo dispuesto por este reglamento y/o a la sana convivencia escolar, y especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o sanciones disciplinarias:

a)    Amonestación por escrito: Consiste en un llamado de atención realizado por parte de un profesor, o personal de convivencia escolar, en el cual se le hace presente al alumno(a) lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar, dejando constancia escrita en algunos de los documentos oficiales del establecimiento consignando la actitud negativa de él o los alumnos. (Libro de clases, hoja de vida del alumno, Agenda Escolar, o carpeta de convivencia escolar). El alumno tiene derecho a conocer el texto de la anotación registrada y el tipo de falta cometida.
b)   Expulsión de la sala de clases: Consiste en ordenar el retiro del alumno de la sala en la cual se desarrolla la clase. Se aplicará como último recurso cuando el alumno impida el normal desarrollo del trabajo escolar de los demás compañeros y siempre que su problemática sea de carácter conductual y se haya realizado proceso de acompañamiento anterior. Se dejará constancia del hecho en el libro de la clase. El alumno deberá presentarse en la oficina de Convivencia Escolar respectiva. La aplica Profesor de Asignatura o Profesor responsable del curso.
c)    Reparación del daño ocasionado. Consiste en la restitución del bien dañado, su pago monetario y/o las disculpas correspondientes al estudiante o miembro de la comunidad educativa agredido o afectado, mediante una conversación directa o a través de una carta del estudiante agresor en conjunto con sus padres, dirigida al afectado, en donde se compromete a no reincidir.
d)   Citación al apoderado: consiste en que se solicita la presencia del apoderado(a), en el Colegio debido a alguna conducta efectuada por el alumno (a) que transgrede las normas institucionales. Esta medida puede ser aplicada por el profesor jefe en primera instancia, posterior a ello pueden realizar esta misma acción el equipo de convivencia escolar, Inspectoría general y/o Director. Esta citación se realiza a través de una comunicación vía Agenda Escolar, telefónica o a través de correo Electrónico, según sea la situación y la urgencia. El apoderado deberá presentarse con su pupilo.
e)   Establecimiento de compromisos: El alumno en conjunto con su apoderado en entrevista formal establecerá compromisos de cambio relacionados con la situación en la cual se ve involucrado. Estos serán monitoreados por el equipo de convivencia escolar.
f)    Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional: esta medida disciplinaria consiste en asignar al alumno infractor determinadas tareas o servicios a favor de la comunidad educativa, previa autorización del apoderado.
g)   Cancelación de matrícula: Consiste en la separación total del alumno(a) del establecimiento educacional quedando inhabilitado a volver de manera definitiva. Solo podrá aplicarse cuando sus causales estén claramente descritas y afecten gravísimamente la convivencia escolar.
El Director debe haber presentado de manera previa a los padre y /o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de sanciones e implementando a favor de él o la estudiante las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial.
La medida de cancelación de matrícula solo podrá adoptarse mediante un procedimiento previo, racional y justo que deberá garantizar el derecho del estudiante y / o el padre afectado a realizar sus descargos y a solicitar la reconsideración de la medida.
La decisión de cancelación de matrícula solo podrá ser adoptada por el Director, esta decisión y sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante y sus apoderado, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al consejo de profesores, el cual deberá pronunciarse revisando los antecedentes teniendo a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes que se encuentren disponibles.
Una vez aplicada la medida el Director deberá informar de aquella a la Dirección regional de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de 5 días hábiles, a fin de que esta se revise, en la forma, el cumplimiento. Corresponderá al Ministerio de Educación  velar por la reubicación del estudiante afectado por la medida y adoptar las medidas de apoyo necesarias.
TÍTULO IX CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS SANCIONES

Artículo 32: Aplicación de sanciones
1.     Toda sanción aplicada debe velar por el derecho de cada alumno a recibir educación.
2.    Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.

Artículo 33: Atenuantes y Agravantes

1.     Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, las circunstancias atenuantes o agravantes de la responsabilidad del autor de la falta.

Artículo 34: Atenuantes

1.     Se considerará como circunstancias que atenúan la responsabilidad de los alumnos, las siguientes:

a)    La edad, el desarrollo psicoafectivo, volitivo y las circunstancias personales, familiares y sociales.
b)   El haber tenido buena conducta anterior.
c)    Colaborar con la investigación y/o prestar declaración voluntaria
d)   El haber sido inducido a cometer una falta por alguien de mayor edad.
e)   El haber manifestado voluntariamente arrepentimiento y/o haber efectuado algún acto de reparación de la falta cometida.
f)    El apoyo brindado por el apoderado al proceso educativo y formativo del alumno y su compromiso con la comunidad educativa.

Artículo 35: Agravantes

1.     Se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad de los alumnos, las siguientes:

a)    Ser reincidentes en la ejecución de una misma falta.
b)   Cometer una falta para ocultar o ejecutar otra.
c)    Producir un efecto perturbador en la Comunidad Educativa.
d)   Cometer una falta aprovechando la confianza depositada en ellos.
e)   Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas.
f)    Colocar en incapacidad de resistir o en condiciones de inferioridad física o psíquica a la persona sobre quien se ejerce la acción.
g)   Emplear, en la ejecución del hecho, un objeto expresamente prohibido en este Reglamento o cuyo uso pueda resultar peligroso.
h)   Cometer una falta con premeditación y/o con complicidad de otras personas.
i)     Agravar la falta cometida aumentando sus consecuencias.
j)    Negar la falta a pesar de la evidencia.
k)   Culpar y/o involucrar injustamente a otros.


ARTÍCULO Nº36:

El establecimiento considera los siguientes estímulos a los alumnos(as) que tienen una destacada participación en su formación personal y relación de sana convivencia con sus pares:

Ocasiones para el Estímulo:
-     Rendimiento: Al término de cada Semestre.
-     Compañerismo: Semana del niño(a).
-     Esfuerzo: Al término de cada Semestre.
-     Participación en eventos Artísticos Culturales, y Deportivos: Al finalizar el año escolar.
-     Licenciatura  8° básico: Se entregará el premio al estudiante que refleje fielmente los valores de nuestra Escuela.

-     Lugar  destacado en el Cuadro de Honor (Programa Radio e informativo a los Apoderados).
-     Diplomas.
-     Obsequios.
-     Medallas.
Semestralmente se elaborará un cuadro de Honor Académico.


El Establecimiento para lograr los fines educacionales, el cumplimiento de los deberes de los alumnos(as) y de asegurar sus derechos, cuenta para ello con las siguientes estrategias y actividades de refuerzo.
Aplicación de la Estrategia:
“Plan Anual de Orientación, Refuerzo Educativo, Adecuaciones Curriculares para atenderla Diversidad, Dos horas de Reflexión Pedagógica semanales, atención de Especialistas, Psicólogo/a, Psicopedagoga, Fonoaudióloga, Plan de Pro retención a los alumnos(as)para evitar la deserción escolar, redes de apoyo, etc.
La Estrategia pretende buscar espacios para que los alumnos y alumnas, docentes y apoderados trabajen en talleres para potenciar su responsabilidad, compartir los problemas buscar soluciones, estimular y promover la colaboración entre todos, como una manera de resolver los conflictos de un modo pacífico conceptualizando términos como respeto, dialogo, compañerismo y tolerancia para mejorar nuestra Convivencia Escolar.
Los profesores Jefes promoverán una tutoría diaria en cada uno de sus cursos, los 10 primeros minutos de cada día, en los cuales velarán por:
-     La asistencia.
-     Recibir los justificativos.
-     Promover el diálogo al interior del curso y hacer respetar las normas de convivencia, el reglamento de evaluación y el PEI de la Escuela, por ejemplo, a través de temas valóricos dados desde el departamento de Orientación.


ARTÍCULO Nº40:
El Establecimiento frente a las posibles situaciones de riesgo, como consumo de drogas, alcoholismo, acoso, bullying, actos de violencia, maltrato y discriminación entre los actores educativos, de la integración física y psíquica existe un anexo de Comité de Sana Convivencia Escolar donde se resolverá cada situación.


ARTÍCULO Nº 41      :
El Establecimiento, para lograr o desarrollar actitudes positivas de los alumnos (a), promover el cumplimiento de los deberes y el aseguramiento de los derechos de los alumnos (as), de acuerdo al rol de cada integrante de la Comunidad Educativa se compromete a:

ARTÍCULO Nº 42:
·         El Director(a).
Descripción del Perfil:
Profesional de nivel superior que se ocupa de la dirección, administración, supervisión y coordinación de la educación de la unidad educativa. Su función principal es liderar y dirigir el Proyecto Educativo Institucional.
- Representar el Establecimiento en su calidad de miembro de la Dirección.
- Definir el PEI y la Planificación Estratégica del establecimiento.
- Difundir el PEI y asegurar la participación de la comunidad.
- Gestionar el clima organizacional y la convivencia.
- Informar oportunamente a los apoderados a cerca del funcionamiento de la Escuela.
- Tomar decisiones sobre inversiones en el Establecimiento.
- Administrar los recursos físicos y financieros del Establecimiento.
- Gestionar el personal.
- Coordinar y promover el desarrollo profesional del cuerpo docente.
- Dar cuenta pública de su gestión.
- Monitorear y evaluar las metas y objetivos del establecimiento.
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Liderazgo.
- Responsabilidad
- Negociar y resolver conflictos.
- Adaptación al cambio.

* Inspector General.
Profesional de la educación que se responsabiliza de las funciones organizativas necesarias para el cumplimiento del Reglamento Interno de la Institución.
Competencias Funcionales:
- Establecer lineamientos educativo-formativos al interior de los diferentes niveles.
- Difundir el PEI y asegurar la participación de la comunidad educativa y el entorno.
- Gestionar el clima organizacional y la convivencia.
- Asegurar la existencia de información útil para la toma oportuna de decisiones.
- Gestionar el personal.
- Coordinar y ejecutar el proceso de admisión de alumnos.
- Planificar y coordinar las actividades de su área.
- Administrar los recursos de su área en función del PEI.
- Coordinar aspectos disciplinarios de la labor docente
- Administrar la disciplina del alumnado.
Competencias Conductuales:
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Liderazgo.
- Responsabilidad.
- Relaciones interpersonales.
- Negociar y resolver conflictos.
- Asertividad.
ARTÍCULO N° 44:
* Coordinadora Académica.
Profesional que se responsabiliza de asesorar al Director y de la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares.
- Establecer lineamientos educativo-formativos al interior de los diferentes niveles.
- Difundir el PEI y asegurar la participación de la comunidad educativa y el entorno.
- Asegurar la existencia de información útil para la toma oportuna de decisiones
- Gestión del personal.
- Planificar y coordinar las actividades de su área.
- Administrar los recursos de su área en función del PEI.
- Coordinar y supervisar el trabajo académico y administrativo los distintos coordinadores y los(as) de Jefes de Departamento.
- Supervisar la implementación de los programas en el Aula
- Asegurar la calidad de las estrategias didácticas en el aula.
- Dirigir el proceso de evaluación docente.
- Organizar el currículo en relación a los objetivos del PEI y SEP.
- Asegurar la implementación y adecuación de planes y programas.
- Entregar apoyo al profesor en el manejo y desarrollo del grupo curso.
- Mejorar las estrategias de acuerdo a los resultados.
- Gestionar proyectos de innovación pedagógica.
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Liderazgo.
- Responsabilidad.
- Negociar y resolver conflictos.
- Asertividad.
- Iniciativa e innovación.
ARTÍCULO Nº 45:
* Docentes de Aula.
Profesional de la educación, lleva acabo directamente los procesos sistemáticos de enseñanza y formación, lo que incluye, diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de los dichos procesos y de las actividades educativas complementarias que tienen lugar en el Primer y/o Segundo Ciclo Básico.
Docente de Aula es el profesional de nivel superior que, dentro del Establecimiento es el responsable directo de llevar a cabo el proceso enseñanza aprendizaje. Sus funciones específicas son:
- Realizar labores administrativas docentes.
- Ingresar información oportuna al libro de clases y al sistema de gestión (antecedentes, observaciones notas, etc.).
- Reportar y registrar evolución académica de los estudiantes.
- Planificar la asignatura.
- Planificarla clase y metodologías de aprendizaje.
-Organizar un ambiente estructurado y estimulador del aprendizaje para estudiantes de Primer y/o Segundo Ciclo Básico.
- Realizar clases efectivas.
- Adecuar estrategias de enseñanza para el aprendizaje.
- Evaluar los aprendizajes.
- Mejorar las estrategias de acuerdo a los resultados.
- Gestionar proyectos de innovación pedagógica.
- Desempeñar su cargo y educar a sus alumnos en concordancia con los principios y Políticas Educacionales.
- Desarrollar las actividades pedagógicas de colaboración que le hayan asignado las autoridades superiores del Establecimiento.
- Diagnosticar, planificar, ejecutar y evaluar los procesos y las actividades educativas generales y complementarias.
- Cumplir con la carga horaria a sumida por contrato.
- Atender a sus alumnos en forma puntual y oportuna.
- Observar preocupación por la presentación personal de los alumnos y del aseo general en la sala de clases (antes, durante y después).
- Atender a las Directivas de sub-centros de Padres cuando estos lo soliciten.
- Realizar reuniones de apoderados(as).
- Realizar entrevistas periódicas con sus apoderados(as).
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Liderazgo pedagógico.
- Responsabilidad.
- Trabajar en equipo.
- Iniciativa e innovación.

* Educadora de Párvulos.
Profesional de la educación que busca favorecer aprendizajes de calidad en los primeros años de vida, desarrollando aspectos claves como los vínculos afectivos, la confianza básica, la identidad, el lenguaje, la sensomotricidad, el pensamiento concreto y la representación simbólica.
- Realizar labores administrativas docentes.
- Involucrar colaborativamente a los apoderados de Educación Parvularia en el proceso educativo.
- Implementar planes de acción preventivos y de desarrollo de los niños y niñas de Educación Parvularia y sus familias.
- Involucrar colaborativamente a los niños y niñas de Educación Parvularia en las actividades del establecimiento.
- Planificarla clase y metodologías de aprendizaje.
- Organizar un ambiente estructurado y estimulador del aprendizaje en Educación Parvularia.
- Realizar clases efectivas.
- Adecuar estrategias de enseñanza para el aprendizaje.
- Evaluar los aprendizajes.
- Mejorar las estrategias de acuerdo a los resultados.
- Gestionar proyectos de innovación pedagógica.
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Liderazgo pedagógico.
- Responsabilidad.
- Trabajar en equipo.
-Iniciativa e innovación.

* Psicólogo/a Escolar.
Profesional responsable de favorecer el proceso de enseñanza y aprendizaje a nivel individual y grupal, a través de la evaluación de los estudiantes que presenten necesidades educativas especiales, derivadas de su desarrollo emocional, social o discapacidades y, a nivel institucional, propiciando un clima organizacional y de aprendizaje adecuado.
- Planificar y coordinar las actividades de su área.
- Administrar los recursos de su área en función del PEI.
- Entregar apoyo al profesor en el manejo y desarrollo del grupo curso.
- Atender estudiantes con dificultades psicológicas.
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
- Relaciones interpersonales.
- Trabajar en equipo.
- Asertividad.
- Iniciativa e innovación.

* Psicopedagogo /a.
Profesional que atiende diferentes tipos de necesidades educativas especiales, derivadas de deficiencias mentales, visuales, auditivas, psicomotoras y trastornos específicos del aprendizaje.
- Planificar y coordinar las actividades de su área.
- Administrar los recursos de su área en función del PEI.
- Entregar apoyo al profesor en el manejo y desarrollo del grupo curso.
- Evaluar capacidades de aprendizaje.
- Atender estudiantes con necesidades educativas especiales.
- Supervisar las adecuaciones curriculares de alumnos con necesidades educativas especiales.
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
- Relaciones interpersonales.
- Trabajar en equipo.
- Asertividad.
- Iniciativa e innovación.

* Educación Diferencial.
Es el o la Profesional docente responsable del proceso enseñanza-aprendizaje, cuyo objetivo principal es favorecer las condiciones para que el niño logre un desarrollo global, específicamente en el área cognitiva y su autoestima, dentro de sus posibilidades individuales.
- Diagnosticar a nivel individual y familiar.
- Realizar tratamiento, a través de acciones metodológicas orientadas a mejorar las situaciones problemáticas detectadas, que permitan alcanzar los objetivos del Plan Educativo Individual.
- Procurar la educación integral del educando con la colaboración y asesoría de la coordinación académica.
- Profesionales que componen el equipo de trabajo y con profesionales de otros servicios.
- Cumplir labores de asesoría, a través de la entrega de elementos de la especialidad en las diferentes instancias técnicas de la institución educativa.
- Participar en reuniones Técnicas.
- Evaluar el trabajo de alumnas en práctica cuando la escuela lo requiera.

* Bibliotecario /a.
Profesional que se responsabiliza de prestar apoyo a las prácticas pedagógicas a través de la administración del Centro de Recursos de Información y Comunicación para el Aprendizaje.

- Coordinar la norma tecnológica de la biblioteca con la norma tecnológica de la escuela.
- Administrar el uso de recursos bibliográficos y audiovisuales.
- Estimular la búsqueda y uso de la información para potenciar los aprendizajes.
- Atender público y préstamos en la sala de lectura.
- Preparar físicamente libros y revistas para disposición de los usuarios.
- Organizarlos libros en sus respectivas estanterías y con su respectivo orden estructurado y lógico.
- Reparar libros en mal estado.
- Ejecutarla estadística diaria, mensual y anual.
- Confeccionar el archivo vertical según las normas establecidas.
- Confeccionar fichas y carnet de socios.
- Ejecutar búsquedas bibliográficas.
- Mantener actualizada la base de datos.
- En general, todas las tareas que son propias al funcionamiento de una Biblioteca Escolar.
- Orientar a los alumnos en la búsqueda de información requerida.
- Cumplir con todas las exigencias emanadas por parte del MINEDUC.
Código Competencias Conductuales:
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
- Relaciones interpersonales.
- Trabajar en equipo.
- Iniciativa e innovación.

* Asistentes de Párvulos.
Es el funcionario no docente encargado de asistir a la profesional, colaborando en el proceso enseñanza-aprendizaje, ayudar a la Educadora de Párvulos en las labores que le asigne, relativas al trabajo pedagógico y formativo de sus alumnos (as).
Competencias Funcionales:
- Colaborar en la recepción y preparación de los niños para el inicio de la jornada.
- Colaborar con la revisión de la libreta de comunicaciones de los niños.
- Velar por el orden y la disciplina en la sala de clases y durante los recreos.
- Supervisar las actividades de aseo personal de los niños.
- Ayudar en la preparación de materiales, fichas, murales y decoración.
- Ordenar la sala al término de la jornada.
- Ayudar a ordenar la salida de los alumnos.
- Cubrir a la Educadora de Párvulos en casos de emergencia o en forma transitoria cuando debe ausentarse de la sala de clases.
- Participar en las reuniones de curso.
- Acompañar a la Parvularia en las actividades extra programáticas o recreativas del curso, tanto dentro como fuera de la escuela.
- Comunicar a la Educadora cualquier situación especial o irregular que ocurriera respecto a los alumnos o apoderados.
- Ayudara los niños en situaciones especiales, como accidentes, enfermedades, baño, retiro antes de la hora, etc.
Código Competencias Conductuales:
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
- Relaciones interpersonales.
- Trabajar en equipo.
- Asertividad.
- Iniciativa e innovación.

* Asistentes de Aula.
Es el funcionario no docente encargado de asistir al profesor(a), colaborando en el proceso enseñanza-aprendizaje, ayudar al profesional en las labores que le asigne, relativas al trabajo pedagógico y formativo de sus alumnos (as).
Competencias Funcionales:
- Colaborar en la recepción y preparación de los niños para el inicio de la jornada.
- Colaborar con la revisión de la libreta de comunicaciones de los niños.
- Velar por el orden y la disciplina en la sala de clases y durante los recreos.
- Supervisar las actividades de aseo personal de los niños.
- Ayudar en la preparación de materiales, fichas, murales y decoración.
- Ordenar la sala al término de la jornada.
- Ayudar a ordenar la salida de los alumnos.
- Cubrir al profesor en casos de emergencia o en forma transitoria cuando debe ausentarse de la sala de clases.
- Participar en las reuniones de curso.
- Acompañar al profesor (a) en las actividades extra programáticas o recreativas del curso, tanto dentro como fuera de la escuela.
- Comunicar al profesor (a) cualquier situación especial o irregular que ocurriera respecto a los alumnos o apoderados.
- Ayudara los niños en situaciones especiales, como accidentes, enfermedades, baño, retiro antes de la hora, etc.
Código Competencias Conductuales:
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
- Relaciones interpersonales.
- Trabajar en equipo.
- Asertividad.
- Iniciativa e innovación.
ARTÍCULO Nº53:
* Auxiliar de Servicio.
El personal auxiliar de servicios menores es responsable directo de la vigilancia, cuidado, atención y mantenimiento de los muebles, enseres e instalaciones del Establecimiento y demás funciones subalternas de índole similar.
Competencias Funcionales:
- Contribuir en el proceso educativo de los alumnos del Establecimiento a través de la observación de sus modales, su presentación personal y su conducta funcionaria.
- Organizar sus tareas en forma racional de modo que la conservación, presentación del local y sus dependencias sea excelente.
- Avisar oportunamente de las condiciones de inseguridad que detecte en las dependencias del Establecimiento.
- Mantener el aseo y ordenen todas las dependencias del Establecimiento.
- Desempeñar, cuando proceda, labores de Portero del Establecimiento.
- Retirar, repartir mensajes, correspondencia y otros, en distintas dependencias con hoja de ruta.
- Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le encomienden y para las cuales se encuentre preparado.
- Cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de herramientas y maquinarias que se le hubieran asignado.
- Desempeñar, cuando proceda, la función de vigilante nocturno del Establecimiento.
- Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del Establecimiento.
- Participar en la preparación y realización de actividades que se desarrollen en el Establecimiento, previa instrucción de la autoridad respectiva.
- Cumplir las demás funciones que le asigne el Director,  Inspector General y/o Coordinadora Académica.

Código Competencias Conductuales:
- Compromiso ético-social.
- Orientación a la calidad.
- Autoaprendizaje y desarrollo profesional.
- Responsabilidad.
- Relaciones interpersonales.
- Trabajar en equipo.
- Asertividad.
- Iniciativa e innovación.

Centro de Alumnos.
El Centro de Alumnos es la organización formada por todos los estudiantes de enseñanza básica del Establecimiento Educacional. Su finalidad es servir a sus miembros, en función de los propósitos del establecimiento y dentro de las normas de organización escolar, como medio de desarrollar  en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formar los para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales. Se rigen por un propio estatuto. Además, es asesorado por un docente del establecimiento, designado por el director.

ARTÍCULO Nº 55:
* El Centro de Padres.
El centro de padres y apoderados (CPA) es una agrupación voluntaria que reúne a los padres y apoderados que desean participar y contribuir en la comunidad educativa, a través de diferentes actividades y proyectos.
Competencias Funcionales:
- Integrar a sus miembros en una comunidad inspirada por principios, valores e ideales educativos comunes, canalizando para ello las aptitudes, intereses y capacidades personales de cada uno.
- Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el establecimiento y que faciliten la comprensión y el apoyo familiar hacia las actividades escolares y el ejercicio del rol que corresponde desempeñara los padres y apoderados en el fortalecimiento de los hábitos, ideales, valores y actitudes que la educación fomenta en los alumnos.
- Apoyar al establecimiento, aportando esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo integral del alumno (a).
- Proyectar acciones hacia la comunidad en general; difundir los propósitos e ideales del Centro de Padres.
Competencias Conductuales:
- Compromiso ético-social.
- Autoaprendizaje.
- Responsabilidad.
- Relaciones interpersonales.
- Trabajar en equipo.
- Iniciativa e innovación.
- Orientación a los resultados.

Todo alumno(a)que haya sido sancionado por alguna medida, que no la considere justa, tiene derecho a presentar reclamo por escrito al Director del Establecimiento, la autoridad debe pronunciarse frente a la apelación del alumno(a), previa consulta al Consejo de Profesores (cuando la situación lo amerite).

ARTÍCULO Nº 57:
Para ejercer el derecho de apelación el alumno(a) o su apoderado, deberá presentar sus peticiones en un plazo no mayor de tres días, del momento de haber sido notificado por el Director sobre las causales de la sanción, y el Director en un plazo no superior a tres días para su pronunciamiento.



El presente Reglamento de Convivencia Escolar fue estudiado y analizado por los Docentes, Asistentes, estudiante y apoderados(as), además del  Consejo Escolar y será conocido por todas las partes de la Unidad Educativa. El Establecimiento, al momento de la matrícula se le hará entrega de una síntesis del Reglamento a los Padres y Apoderados y su difusión completa a todos los alumnos y alumnas del Establecimiento o en su defecto en la Primera reunión de apoderados del año lectivo, donde se llevará a cabo  la lectura detallada a los Padres y Apoderados; además, en la agenda existirá un extracto.

Articulo N°59:
ACTA PARTICIPACIÓN EN LA ELABORACIÓN REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
La ley 20.529 en lo relativo a la Convivencia Escolar, establece los mecanismos a que deben referirse los reglamentos internos, instancias de participación y trabajo colectivo, ejercicios de deberes y derechos respeto a la diversidad y los mecanismos de resolución de conflictos y ejercicio del liderazgo democrático por los miembros de la Comunidad Educativa
El establecimiento cuenta con un libro de felicitaciones o reclamos a disposiciones de los padres y apoderados, o amigos del establecimiento.
OBSERVACIONES:

·         Actividades extracurriculares: todas las actividades de extracurriculares (celebraciones  / actos / encuentros y/u otros), se llevarán a cabo los días martes después de las 16:00 hrs., por lo cual, los profesores jefes y/o tutores, serán los responsables de asegurar la convocatoria en ellos.
·         Mobiliario (mesas y sillas): ante cualquier daño, el alumno(a) debe reponer en su integridad el mobiliario, aunque sea un rayado, corte, pegado u otro (siempre y cuando sea comprobada su intencionalidad).
·         Pinturas dependencias del colegio: ante cualesquier daño, el alumno(a) debe reponer en su integridad el daño, aunque sea una muralla completa (siempre y cuando sea comprobada su intencionalidad).